ANEXO
1 del Decreto N° 9302
RESUMEN - ACTUALIZACIÓN DE LA EVALUACIÓN NACIONAL DE RIEGOS DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO Y ACTUALIZACIÓN DEL PEEP (PLAN ESTRATÉGICO DEL ESTADO PARAGUAYO DE LUCHA CONTRA EL LAVADO DE DINERO, EL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO Y LA PROLIFERACIÓN DE ARMAS DE DESTRUCCIÓN MASIVA)
REPUBLICA DEL PARAGUAY
GLOSARIO DE TERMINOS
ALA: Anti-Lavado de Activos
APNFD: Actividades y Profesiones No Financieras Designadas
ATE: Actos Terroristas
BCP: Banco Central del Paraguay
BID: Banco Interamericano de Desarrollo
CFT: Contra el Financiamiento del Terrorismo
CNV: Comisión Nacional de Valores
CONAJZAR: Comisión Nacional de Juegos de Azar
CPP: Código Penal del Paraguay
CRP: Corrupción
CTB: Contrabando
DCDEP: Contrabando Departamento contra Delitos Económicos y Financieros Policía Nacional
DGEEC: Dirección General de Estadísticas Encuestas y Censos
DGM: Dirección General de Migraciones
DGRP: Dirección General de los Registros Públicos
DIMABEL: Dirección de Material Bélico
DINAC: Dirección Nacional de Aeronáutica Civil
DINAPI: Dirección Nacional de Propiedad Intelectual
DNA: Dirección Nacional de Aduana
EBR: Enfoque Basado en Riesgos
ENR: Evaluación Nacional de Riesgos
FMI: Fondo Monetario Internacional Financiamiento
FP: Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva
FT: Financiamiento del Terrorismo
GAFI: Grupo de Acción Financiera Internacional
GAFILAT: Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica
IEM: Informe de Evaluación Mutua
INCOOP: Instituto Nacional de Cooperativismo
LA: Lavado de Activos
MDN: Ministerio de Defensa Nacional
MH: Ministerio de Hacienda
MI: Ministerio del Interior
MIC: Ministerio de Industria y Comercio
MP: Ministerio Público
MRE: Ministerio de Relaciones Exteriores
OAR: Organismos de Autorregulación
OC: Oficial de Cumplimiento
OFAC: Oficina de Control de Activos Extranjeros de los Estados Unidos de América
OSL: Organizaciones Sin Fines de Lucro
PEEP: Plan Estratégico del Estado Paraguayo
PEP: Persona (s) Expuesta (s) Políticamente
PJ: Poder Judicial
PRT: Piratería
RCSNU: Resolución del Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas
ROS: Reporte(s) de Operaciones Sospechosas
SB: Superintendencia de Bancos
SENABICO: Secretaría Nacional de Bienes Comisados
SENAC: Secretaría Nacional Anticorrupción
SENAD: Secretaría Nacional Antidrogas
SEPRELAD: Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes
SEPRINTE: Secretaría de Prevención e Investigación del Terrorismo
SET: Subsecretaría de Estado de Tributación
SO: Sujeto(s) Obligado(s)
SS: Superintendencia de Seguros TIE Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas
UIF: Unidad de Inteligencia Financiera
RESUMEN DE LA ACTUALIZACIÓN DE LA EVALUACIÓN NACIONAL DE RIESGO DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO DEL RESUMEN DE LA ACTUALIZACIÓN DE LA EVALUACIÓN NACIONAL DE RIESGO DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY - 2017.
1.ANTECEDENTES GENERALES
1.1. ESTÁNDARES INTERNACIONALES La Recomendación 1 del Grupo de Acción Financiera establece lo siguiente: "Los países deben identificar, evaluar y entender sus riesgos de lavado de activos/financiamiento del terrorismo, y deben tomar acción, incluyendo la designación de una autoridad o mecanismo para coordinar acciones para evaluar los riesgos, y aplicar recursos encaminados a asegurar que se mitiguen eficazmente los riesgos. Con base en esa evaluación, los países deben aplicar un enfoque basado en riesgo (EBR) a fin de asegurar que las medidas para prevenir o mitigar el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo sean proporcionales a los riesgos identificados. Este enfoque debe constituir un fundamento esencial para la asignación eficaz de recursos en todo el régimen anti lavado de activos y contra el financiamiento del terrorismo (ALA/CFT) y la implementación de medidas basadas en riesgo en todas las Recomendaciones del GAFI. Cuando los países identifiquen riesgos mayores, éstos deben asegurar que sus respectivos regímenes ALA/CFT aborden adecuadamente tales riesgos. Cuando los países identifiquen riesgos menores, éstos pueden optar por permitir medidas simplificadas para algunas Recomendaciones del GAFI bajo determinadas condiciones. Los países deben exigir a las instituciones financieras y actividades y profesiones no financieras designadas (APNFD) que identifiquen, evalúen y tomen una acción eficaz para mitigar sus riesgos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo." Los países deben actualizar periódicamente sus evaluaciones de riesgos. 4 RESUMEN DE LA ACTUALIZACIÓN DE LA EVALUACIÓN NACIONAL DE RIESGO DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO 1.2. LA EVALUACIÓN NACIONAL DE RIESGO PAÍS EN MATERIA DE LAVADO DINERO Y FINANCIAMIENTO. DEL TERRORISMO
1.2.1. ANTECEDENTES En el año 2013, el Paraguay desarrolló su primer Plan Estratégico del Estado Paraguayo (PEEP), el cual fue aprobado por Decreto N° 11.200 de fecha 11 de junio de 2013 "POR EL CUAL SE APRUEBA EL PLAN ESTRATÉGICO DEL ESTADO PARAGUAYO DE LUCHA CONTRA EL LAVADO DEL DINERO, EL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO Y LA PROLIFERACIÓN DE ARMAS DE DESTRUCCION MASIVA. El mismo, establece entre sus objetivos el de "DESARROLLAR UNA EVALUACIÓN NACIONAL DE RIESGO DE LA/FT/FP INCLUYENDO EL ANÁLISIS DE LAS AMENAZAS DE LA/FT/FP DEL PAIS Y LAS VULNERABILIDADES DEL SISTEMA". En ese contexto, se llevó a cabo la Evaluación Nacional de Riesgos de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo de la República del Paraguay, con el apoyo del Banco Interamericano de Desarrollo, a través del Proyecto "Inter-American Development Bank IDBDOCS#: 37744156". Su objetivo central fue identificar, evaluar, y comprender los riesgos que el país enfrenta en esta materia a efectos de contribuir al diseño de políticas públicas en el combate a estos ilícitos financieros, en concordancia con:
• El Objetivo N° 3 del Plan Estratégico del Estado Paraguayo de Combate al Lavado de Activos, el Financiamiento del Terrorismo y la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (2013) (en adelante, PEEP) que exigía desarrollar una ENR, incluyendo un análisis de las amenazas y vulnerabilidades del sistema ALA/CFT del país y, consecuentemente, ajustar el plan de acción de acuerdo a los resultados alcanzados.
• La necesidad de la República de Paraguay de cumplir con los nuevos Estándares Internacionales para el Combate del Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo y la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (2012), así como con la nueva Metodología de Evaluación (2013), emanados del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).
• El presupuesto de que tanto el LA como el FT aumentan el poderío de las organizaciones criminales y terroristas, permitiéndoles la creación de estructuras financieras complejas y altamente corrosivas de los controles públicos.
• La necesidad de que los gobiernos adopten medidas acordes con los riesgos que existen en su jurisdicción, de modo que sea posible:
(a) Definir potenciales cambios en el Régimen ALA/CFT.
(b) Contribuir a una asignación más eficiente de los recursos.
El informe final fue presentado al Presidente de la República del Paraguay quien emitió el Decreto N° 4779/2016 "POR EL CUAL SE TIENE POR PRESENTADO EL INFORME FINAL DE LA EVALUACIÓN NACIONAL DE RIESGO PAÍS EN MATERIA DE LAVADO DINERO Y FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO ELABORADO CON EL APOYO DEL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), Y SE INCORPORAN LOS RESULTADOS DE DICHA EVALUACIÓN AL PLAN ESTRATÉGICO DEL ESTADO PARAGUAYO".
1.2.2. CONCLUSIONES
ASPECTOS CONCEPTUALES.
La guía del GAFI define riesgo en función de tres factores: amenaza, vulnerabilidad y 'consecuencia. Una amenaza es definida como una persona, grupo de personas, objeto o actividad con el potencial de ocasionar un daño. Para otorgar un sentido definido al concepto, por amenaza de LA/FT deben entenderse, a los efectos de este Informe Final, los ilícitos que preceden al LA (por ejemplo, Tráfico Ilícito de Estupefacientes (TIE), Corrupción (CRP), Contrabando (CTB), etc.) y los que son consecuencia de la FT (por ejemplo, actos de terrorismo cometidos por individuos u organizaciones terroristas).
Una vulnerabilidad,' en cambio, es un aspecto que puede ser explotado por la amenaza, ya sea porque apoya o facilita sus actividades ilícitas. A los efectos de esta ENR, entendernos las vulnerabilidades en un doble sentido: por un lado, aquellas debilidades que son contextuales (por ejemplo, informalidad de la economía, pobreza, etc.) al sistema ALA/CFT analizado y aquellas que resultan específicas (como la ausencia de estadística criminal, insuficiente cooperación interagencial, pobre debida diligencia en APNF D., carencias de recursos humanos y materiales en agencias de control fronterizo, etc.).
Por último, las consecuencias hacen referencia al impacto o daño que el LA/FT puede ocasionar, incluyendo la actividad criminal subyacente y las actividades terroristas en los sistemas e instituciones financieras, así como en la economía y en la sociedad. Con sus posibles consecuencias a corto, mediano o largo plazo, pueden estar relacionadas a poblaciones o comunidades específicas, al entorno de los negocios, a intereses tanto nacionales como internacionales, así como a la reputación y nivel de atracción de un sector financiero nacional.
Considerando estos elementos, la ENR arrojó las conclusiones que se indican a continuación.
• AMENAZAS.
• El tráfico ilícito de estupefacientes (TIE), el contrabando y la piratería (CTB/PRT) aparecen como las amenazas más graves.
• El tráfico ilícito de- estupefacientes (TIE), relacionado con la marihuana revela que Paraguay es el principal cultivador de cannabis del CONOSUR y el segundo de América Latina, luego de México, con una producción anual estimada de 'Cerca de 50.000 Toneladas Métricas, cuyo valor oscila -desde el lugar de cultivo hasta la zona de frontera- entre U$D 1.000 a U$D 3.000 millones
• En cuanto al clorhidrato de cocaína y la pasta base de cocaína, el Paraguay no se encuentra ajeno, a la consolidación de un mercado de consumo en el CONO SUR, ni tampoco a la reorganización de las rutas de comercialización que tienen por destino el mercado europeo. La "frontera seca" con Brasil se ha convertido en una importante zona de tráfico hacia las principales ciudades brasileñas.
• En materia de contrabando y piratería de electrónicos, indumentarias, relojes, perfumes y otros productos, el negocio ilícito consiste mayormente en la importación ilegal de productos, sea porque no se paga el tributo correspondiente o porque son imitaciones, con la posterior comercialización de los mismos al mercado brasileño y, en menor medida, al mercado argentino.
• La escasa disponibilidad de estadísticas oficiales, reportes, estudios específicos o investigaciones que cuenten con validación oficial; es un déficit que debe ser superado con urgencia, sobre todo considerando que se deben construir indicadores de efectividad de las acciones para los organismos que luchan contra el dinero ilícito del crimen organizado.
• El transporte transfronterizo de dinero en efectivo es otro fenómeno concomitante a las grandes extensiones de fronteras secas de nuestro país, resultando evidente que en los pasos fronterizos no se cumplen los recaudos legales que exigen declarar la salida de divisas del país.
• En el tráfico ilícito de personas, existen varias señales importantes que advierten que el Paraguay no es inmune a lo que sucede en la región sudamericana.
• En relación al tráfico ilícito de armas, se ha podido relevar que existe en el país una gran informalidad en la tenencia de armas de fuego ligeras, además de un próspero negocio de compra-venta ilegal de armas de fuego de gran calibre que tienen por destino primario Brasil.
• En materia de corrupción (CRP), todas las fuentes relevantes analizadas permiten definir, sin ambigüedades, que este fenómeno es un flagelo endémico y estructural que pone en jaque a las principales instituciones del Estado que cuentan con competencia en lo que respecta al control de los activos ilícitos (vulnerabilidad).
• En cuanto a los actos de terrorismo (ATE), no se ha podido comprobar en la actualidad la existencia de células de apoyo financiero al terrorismo islámico.
• Al analizar la magnitud de las Amenazas Identificadas, el Paraguay es un país que presenta:
1. Un porcentaje de población en situación de pobreza cercano al 29%.
2. Un grado de economía informal superior al 35-40% del total, lo que implicaría un monto superior a los U$S10.000 millones y una tasa nacional de 12 homicidios cada cien mil habitantes (por encima del promedio mundial de 6,9), con áreas geográficas extremadamente violentas, como las de los Departamentos de Canindeyú y Amambay, con tasas de homicidios cada cien mil habitantes de 44% y 74%, respectivamente.
Las amenazas descriptas producen un efecto global sobre el sistema ALA/CFT del país, pero, en términos geográficos, se han identificado las zonas fronterizas de Ciudad del Este, Pedro Juan Caballero, Salto del Guairá, Capitán Bado y Encarnación como las de mayor riesgo.
VULNERABILIDADES.
Falta de un sistema de Inteligencia Estatal que tenga por objeto las amenazas descriptas como fenómeno que merecen un tratamiento estratégico. El Sistema Nacional de Inteligencia fue creado en el año 2014 por Ley N° 5241/14 y reglamentado por el Decreto N° 2812. Sin embargo, a la fecha no se le ha asignado un presupuesto.
Ausencia de un sistema de estadística criminal y encuestas de victimización que permitan realizar ponderaciones de riesgo sobre las amenazas detectadas y las prácticas de LA/FT vinculadas.
Detectamos que en el Paraguay existen algunos organismos claves, en los cuales se observan falencias en lo concerniente a la corrupción.
Débil cooperación estratégica, táctica y técnica entre el Estado Paraguayo y los países vecinos, concretamente en relación al tratamiento de los riesgos regionales inherentes al LA/FT. Falta de una matriz de riesgo y de criterios de oportunidad en materia de inteligencia financiera que permitan mejorar la efectividad y focalización en los casos graves de LA/FT.
Inexistencia de un programa político-criminal orientado a los delitos graves.
AVANCES O POTENCIALIDADES.
• Las mismas conforman un cimiento importante para tomar decisiones significativas a fin de mejorar las condiciones de efectividad del sistema ALA/CFT de Paraguay y, consecuentemente, menoscabar la operativa económico-financiera de las organizaciones criminales:
- Creciente grado de concientización política de los perjuicios que produce al país el conjunto de las amenazas detectas.
- Significativo proceso interinstitucional impulsado desde la Presidencia de la República y destinado a dar continuidad a las políticas ALA/CFT.
- Notorio liderazgo técnico sostenido por la UIF
- SEPRELAD y el BCP en materia de políticas ALA/CFT.
- Evidente interés de los organismos internacionales de cooperar en las mejoras institucionales del sistema ALA/CFT de Paraguay
- Existencia de un Plan Estratégico del Estado Paraguayo (PEEP) que ha comenzado a ordenar las acciones centrales del sistema ALA/CFT del país.
1.2.3. RECOMENDACIONES.
Se formuló un conjunto de recomendaciones para mitigar los riesgos identificados en la evaluación, referidas a los subsistemas de "DECISIÓN ESTRATÉGICA", "PREVENCIÓN" y "DETECCIÓN".
SUBSISTEMA DE DECISIÓN ESTRATÉGICA
Incorporar un capítulo sobre Decisión Estratégica que contemple los objetivos vinculados tanto al análisis de los riesgos, en cuanto a la coordinación nacional y regional.
Crear un dispositivo institucional de inteligencia criminal orientado a la reunión, procesamiento y análisis de información en materia de amenazas graves al sistema ALA/CFT.
Fomentar, a través de GAFILAT u otro organismo regional, la elaboración de un Plan Estratégico Regional basado en los riesgos comunes o especulares.
Elaborar una modificación del delito de LA que permita la inclusión, como delitos precedentes, de los delitos graves detectados como amenazas, en sus diferentes modalidades.
Establecer una asignación presupuestaria que permita una planificación realista en la concreción de cada objetivo, basada en la gravedad de los riesgos.
Fomentar la firma de memorandos de entendimiento a nivel de distintos organismos competentes del sistema ALA/CFT con sus pares de otros países vecinos en relación a los riesgos regionales detectados.
Convertir al Consejo Consultivo Interinstitucional en un dispositivo más activo y permanente en la cooperación y coordinación, en particular, en relación al vínculo entre el LA y las principales amenazas detectadas.
Elaborar un mecanismo de actualización periódica de los riesgos identificados por esta ENR.
Crear un sistema de estadística criminal (que reúna datos de las agencias ejecutivas, el Ministerio Público y el Poder Judicial) y un programa de encuestas de victimización orientados a la mensura de los delitos graves vinculados al LA/FT.
Reforzar el marco legal y regulatorio del combate a la CRP y dotar a la SENAC de los recursos humanos y materiales e independencia y autonomía, necesarios para combatirla como amenaza/vulnerabilidad en relación al sistema ALA/CFT. Modificar el mandato legal de la SENAC a efectos de incluir en su agenda tareas de prevención.
Desarrollar un plan de comunicación y concientización del combate ALA/CFT en relación a las amenazas graves identificadas.
SUBSISTEMA DE PREVENCIÓN
Elaborar tipologías de LA vinculadas a la amenazas detectadas de modo que la adopción de un EBR por parte de los organismos de supervisión y los SO se realice a partir de parámetros concretos.
Implementar planes de capacitación para .los sujetos obligados orientados a elaborar ponderaciones de riesgo, basado en la identificación de clientes ligados a la amenazas detectadas.
Amplificar los mecanismos de identificación de los beneficiarios finales de las operaciones de acuerdo a las amenazas detectadas.
Cumplir con las recomendaciones del FMI relativas al control dé transporte transfronterizo de dinero en efectivo e INP.
Implementar controles y supervisiones sobré el cumplimiento de la obligación de identificación del beneficiario final a efectos de evitar el uso.indebido de personas jurídicas y otras estructuras jurídicas, como el fideicomiso
SUBSISTEMA DE DETECCIÓN
Aumentar la dotación del personal calificado y mejorar los recursos materiales y tecnológicos de la UIF-SEPRELAD con el objetivo de consolidar el trabajo de inteligencia financiera sobre las operaciones provenientes de las amenazas detectadas.
2. ACTUALIZACIÓN DE LA EVALUACIÓN NACIONAL DE RIESGO PAÍS EN MATERIA DE LAVADO DINERO Y FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO
2.1. ANTECEDENTES
Como se indicó precedentemente, los países deben mantener actualizadas sus evaluaciones de riesgo.
En 2016, el Gobierno, a través del Decreto N° 6.604/2016, resolvió intensificar el combate al lavado de dinero y al financiamiento del terrorismo, para lo cual designó al Secretario General y Jefe del Gabinete Civil de la Presidencia de la República como Coordinador General para el fortalecimiento del Sistema ALA/CFT, con facultades para gestionar los mecanismos necesarios para la implementación del programa de fortalecimiento del sistema preventivo en materia de lavado de dinero (LD), financiamiento del terrorismo (FT), y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva (FP).
Dicha autoridad, ha constituido un Equipo Interinstitucional integrado por las máximas autoridades de las distintas instituciones competentes del sector público, a fin de elaborar la estrategia y plan a seguir para la consecución de los objetivos propuestos, a fin de mitigar los riesgos en materia de LD/FT/FP, que pudiesen afectar al país.
Asimismo, la Resolución N° 833 del Secretario General y jefe del Gabinete Civil, designó al Secretado Ejecutivo de la Secretaria de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes como Coordinador Ejecutivo para el fortalecimiento del Sistema ALA/CFT.
En este contexto, se resolvió llevar a cabo un diagnóstico integral del Sistema ALA/CFT y una actualización de la ENR, con el objetivo de que dichos ejercicios sirvieran de base para adoptar las medidas necesarias para adaptar plenamente dicho Sistema a los estándares internacionales mediante la posterior actualización del PLAN ESTRATÉGICO DEL ESTADO PARAGUAYO DE LUCHA CONTRA EL LAVADO DEL DINERO, EL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO Y LA PROLIFERACIÓN DE ARMAS DE DESTRUCCION MASIVA.
2.2. EVALUACIÓN INTEGRAL DEL SISTEMA ALA/CFT
Se realizó una evaluación del cumplimiento técnico con las Recomendaciones del GAFI y de la efectividad del sistema, utilizando la Metodología de Evaluación del GAFI.
A tal efecto, se llevaron a cabo las siguientes actividades:
• Seminario-taller sobre la Metodología de Evaluación para los funcionarios responsables de las entidades públicas competentes del sistema ALA/CFT del país.
• Seminario-taller sobre las 40 Recomendaciones y la Metodología de Evaluación para los sujetos obligados.
• Llenado del cuestionario de evaluación por parte de las autoridades competentes.
• Visita in situ de dos semanas al país, durante la cual se mantuvo una serie de entrevistas con representantes de las autoridades competentes y de los sujetos obligados, de acuerdo con la Metodología del GAFI.
• Elaboración de un informe que contuvo un análisis de la normativa vigente y su efectividad, con asignación de calificaciones del nivel de cumplimiento. También se formularon recomendaciones para la adecuación del sistema ALA/CFT del Paraguay a los estándares internacionales.
Asimismo, el resultado de esta evaluación nutrió la evaluación de las vulnerabilidades del sistema en el marco de la actualización de la ENR.
2.3. PROCESO DE ACTUALIZACIÓN DE LA EVALUACIÓN NACIONAL DE RIESGOS
Con posterioridad a la realización de la evaluación integral del sistema conforme a lo descrito precedentemente, se llevaron a cabo las siguientes actividades a efectos de actualizar la ENR:
• Seminario-taller sobre las evaluaciones de riesgo y el enfoque basado en el riesgo para los funcionarios responsables de las entidades públicas competentes del sistema ALA/CFT del país.
• Seminario-taller sobre las evaluaciones de riesgo y el enfoque basado en el riesgo para los sujetos obligados. • Recolección de información documental y estadística complementaria a la producida en el marco de la evaluación integral del sistema ALA/CFT.
• Dos visitas in situ al país, durante las cuales se mantuvo una serie de entrevistas con representantes de las autoridades competentes, de los sujetos, obligados, y de los sectores económicos relevantes.
• Dos talleres de discusión e intercambio sobre las conclusiones preliminares de la evaluación de riesgo en los cuales participaron representantes de los sectores que habían formado parte de las actividades previas.
En las actividades descritas precedentemente participaron representantes de los siguientes sectores:
• SEPRELAD
• PODER JUDICIAL
• MINISTERIO PÚBLICO
• BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY:
- SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y
- SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS
• INCOOP
• CNV
• CONAJZAR
• DIRECCIÓN NACIONAL DE ADUANAS
• DINAPI
• MINISTERIO DE HACIENDA
• MINISTERIO DE INDUSTRIA Y COMERCIO
• MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
• SUBSECRETARÍA DE ESTADO DE TRIBUTACIÓN
• CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
• SENAC
• MINISTERIO DEL INTERIOR
• POLICÍA NACIONAL
- DIRECCIÓN DE DELITOS ECONÓMICOS Y
- SEPRINTE
• MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
• SECRETARÍA NACIONAL ANTIDROGAS
• ABOGACÍA DEL TESORO
• ASOCIACIÓN DE BANCOS DEL PARAGUAY
• ASOCIACIÓN PARAGUAYA DE COMPANÍAS DE SEGUROS
• ASOCIACIÓN DE EMPRESAS FINANCIERAS
• ASOCIACIÓN DE CASAS DE CAMBIO DEL PARAGUAY
• BOLSA DE VALORES Y PRODUCTOS DE ASUNCIÓN
• CASINOS
• ORGANIZACIONES SIN FINES DE LUCRO
• CENTRO DE IMPORTACIÓN DE VEHÍCULOS USADOS
• CÁMARA DE DISTRIBUIDORES DE AUTOMOTORES Y MAQUINARIAS
• ASOCIACIÓN PARAGUAYA DE EMPRESAS LOTEADORAS
• CÁMARA PARAGUAYA DE EMPRESAS INMOBILIARIAS
• EMPRESAS DE PAGOS ELECTRÓNICOS
• TRANSPORTADORAS DE CAUDALES
• FEDERACIÓN DE CÁMARAS (GRUPO EMPRESARIAL DE TRABAJO DEL PARAGUAY) 2.4.
CONCLUSIONES
2.4.1. Dificultades para evaluar los riesgos en el sistema paraguayo. La aplicación de un enfoque basado en riesgos opera con la siguiente lógica: a) identificación del riesgo, b) análisis de los riesgos previamente identificados, y c) cumplidos los pasos anteriores adopción de medidas para mitigarlos.
El primer punto del enfoque es la identificación del riesgo, definido el mismo como la combinación de amenazas y vulnerabilidades. El razonamiento que la definición lleva implícito es que las amenazas son externas al sistema de prevención de LA de un país y que, una vez identificadas las mismas, se deben analizar las vulnerabilidades, que son internas y de las cuales se valdrían las "amenazas" para efectivizar el riesgo.
Entonces el esquema propuesto sería identificar amenazas, luego identificar vulnerabilidades, y analizar cómo operan e interactúan entre sí, para aplicar medidas que ayuden a mitigar ambos factores.
En Paraguay, se ha podido detectar la existencia de vulnerabilidades que dificultan la identificación de los riesgos que enfrenta la jurisdicción y en consecuencia, la aplicación del enfoque basado en riesgo en la prevención del LA y FT, entre las cuales se destacan las siguientes:
• Carencias para identificar los métodos utilizados para lavar activos en el país, por lo que las autoridades no logran dirigir sus acciones y recursos en forma adecuada. En efecto, la información oficial respecto de las modalidades delictivas operantes en el país es incompleta; no existen estadísticas suficientes, no se han generado tipologías consolidadas de lavado de activos o de financiamiento del terrorismo, ni se han realizado análisis de los casos judiciales, o informes sobre las tendencias delictivas a cargo de las autoridades de aplicación de la ley.
• La coordinación entre las autoridades competentes, en algunos casos por motivos normativos (aplicación de secreto profesional) y técnicos en otros, tiene los siguientes efectos: i) no se llevan a cabo acciones conjuntas y coordinadas que en caso de realizarse generarían resultados positivos; ii) no se comparte información en tiempo y forma, por lo que no se pueden obtener estadísticas ni ningún otro tipo de información a partir de la cual comenzar a identificar adecuadamente los riesgos que enfrenta el país.
• Ausencia de evaluaciones sectoriales de riesgo realizadas por las autoridades de regulación y supervisión;
• Insuficiente análisis estratégico
La problemática descrita lleva a confiar fundamentalmente en el denominado "criterio experto" o' la experiencia, percepciones y especulaciones dé los actores relevantes del sector público y privado, a efectos dé analizar los riesgos.
2.4.2. Análisis de las Amenazas y Vulnerabilidades
En general, el estudio realizado coincide, respecto a las amenazas y vulnerabilidades identificadas en la Evaluación Nacional de Riesgos; con los siguientes matices:
a) No se considera que el país esté especialmente expuesto a la proliferación de armas de destrucción masiva ni a su financiamiento, ya que no se han detectado vínculos riesgosos Con los países, entidades, personas o ''actividades señalados por las Naciones Unidas en este tema. No obstante, la ausencia de una normativa que permita al país cumplir con las Resoluciones del Consejo, de Seguridad de las Naciones Unidas para la prevención de la proliferación constituye una deficiencia técnica importante que debe ser superada.
b) Se ha detectado una amenaza sumamente relevante. con relación a la evasión impositiva, fenómeno que ha cobrado particular impulso a raíz de la ocurrencia de las denominadas causas de "niega evasión", que incluyen situaciones de falsificación documentaria y asociación criminal generadoras de fondos ilícitos que han sido volcados al sistema económico paraguayo, con el especial agravante de que los delitos de evasión impositiva no son considerados determinantes del lavado de activos por la legislación.
En cuanto a las vulnerabilidades, se han podido detectar avances en la implementación, de medidas, tanto por parte de las autoridades como del sector privado, que han obrado como mitigantes de algunos de los riesgos identificados previamente.
Sin embargo, existen aún deficiencias en el sistema que deberían ser superadas a efectos de contar con un enfoque basado en el riesgo adecuado que permita al país combatir eficazmente al lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.
2.4.2.1. Amenazas
2.4.2.1.1. Amenazas vinculadas a actividades delictivas generadoras de activos ilícitos.
a) Delitos tipificados como delitos determinantes del lavado de dinero en Paraguay De la información documental recibida, de las entrevistas y talleres mantenidos con los actores públicos y privados relevantes, surge que los delitos que constituyen las principales amenazas para la generación de activos que son lavados en el país son, el narcotráfico, la corrupción, los delitos aduaneros, la evasión impositiva y en menor medida, el tráfico ilegal de armas.
El país ha adoptado un conjunto de medidas para combatir estas actividades delictivas y se han obtenido resultados positivos en su investigación y enjuiciamiento. Sin embargo, esto no se refleja en una persecución eficaz del lavado de los activos provenientes de su comisión, por la existencia de debilidades estructurales y funcionales que se traducen en las vulnerabilidades que se describirán más adelante.
Por otra parte, no obstante al considerar como amenaza de alto riesgo, la evasión impositiva, la misma, no se encuentra regulada como delito determinante del lavado de activos en la legislación paraguaya.
A continuación se describen algunas acciones adoptadas por las autoridades competentes para combatir las amenazas mencionadas.
• Narcotráfico
Medidas adoptadas por el país
Paraguay sigue siendo productor de marihuana y su territorio por la permeabilidad de algunas de sus fronteras, es utilizado para el tránsito de cocaína proveniente de Colombia, Bolivia y Perú, con destino al Brasil, Aigentina e inclusive al continente Europeo.
Se han realizado diversos operativos exitosos en el marco de la lucha contra el tráfico ilícito de drogas, mediante los cuales se ha podido detener y enjuiciar delincuentes, desarticular organizaciones criminales e incautar importantes cantidades de droga, así como instrumentos y productos del delito.
Por otra parte, en los últimos años la SENAD ha detectado laboratorios de preparación de drogas; los cuales fueron intervenidos y desmantelados en su totalidad.
Cooperación regional
Se encuentra en ejecución con el Gobierno de la República Federativa del Brasil, a través de la Policía Federal de ese país, un plan de erradicación de cultivos de marihuana e interdicción de tráfico transfronterizo de marihuana y de cocaína.
Así mismo, se han iniciado las gestiones para la cooperación mutua con los Gobiernos de la Argentina y Bolivia, replicando el Sistema que se lleva a cabo con el Gobierno Brasileño, para las tareas de erradicación de cultivo de marihuana, intercambio de información y para la interdicción de tráfico de:marihuana y cocaína.
Prevención
El Gobierno actual del Paraguay, a través de la SENAD, ha iniciado la elaboración de una política, estrategia y plan de acción sobre drogas; en el que se proyectarán las acciones tendientes a fortalecer los mecanismos para reducir la oferta y demanda, apoyar a los centros de tratamientos, tanto privadas como públicas; así como, el establecimiento de sistemas de prevención universal y diferenciada, para escolares y las poblaciones vulnerables.
• Corrupción
Medidas adoptadas por el país
De las medidas adoptadas por Paraguay en la lucha contra la corrupción, se pueden citar las siguientes
En el año 2012 por Decreto del Poder Ejecutivo N° 10.144/2012 se crea la Secretaría Nacional Anticorrupción, la misma se constituye como autoridad rectora, normativa y estratégica en el diseño, ejecución, implementación, monitoreo y evaluación de las políticas públicas del Gobierno Nacional en materia de anticorrupción, integridad y transparencia, debiendo además impulsar las estrategias y los mecanismos que garanticen el compromiso de las instituciones del sector público y de actores sociales para la erradicación de la corrupción.
Se está implementado el Plan Nacional de Desarrollo 2030 que establece una línea transversal a los tres ejes estratégicos de la Gestión Pública Transparente y Eficiente, asegurando un Estado abierto, sin discriminaciones y sin tolerancia hacia la corrupción.
El Estado Paraguayo, ha dictado la Ley N° 5189/2014, por la cual estableció la obligatoriedad de la provisión de información en el uso de los recursos públicos sobre remuneraciones y otras retribuciones asignadas al servidor público de la República del Paraguay.
No obstante el conjunto de medidas expuestas, que son muy positivas como herramientas de prevención de malas prácticas e ilícitos, se considera que sería de vital importancia fortalecer los instrumentos del Estado para investigar y enjuiciar con eficacia los mismos, ya que la percepción generalizada de la presencia de la corrupción como generadora de activos ilícitos no es consistente con el volumen y la relevancia de los casos judicializados existentes y mucho menos con la existencia de casos de lavado de activos.
• Contrabando
Medidas adoptadas por el país
El Gobierno del Paraguay, a través de los organismos competentes, como la Dirección Nacional de Aduanas, el Ministerio de Hacienda a través de la Sub-Secretaría de Estado de Tributación (SET) y el Poder Judicial, han emprendido una lucha frontal contra el contrabando, coadyuvando entre estas instituciones, a fin de investigar y combatir dicho delito, que deriva por lo general de una importante evasión impositiva.
La Dirección General de Aduanas ha adoptado un Plan Estratégico Institucional (PEI) 2015- 2018, y un Plan Institucional de Riesgos (PIR 2016-2017) con desarrollo de los Ejes y Objetivos Estratégicos basados en competencias: Unidades de Control, Fiscalización, Inteligencia e Investigación. Así mismo. Se han fortalecido los mecanismos de Control Interno (MECIP). En ese sentido, La DNA ostenta desde el año 2007 a la fecha, la Certificación ISO 9001:2015 de Gestión de Calidad (actualizada).
También se ha mejorado la cooperación aduanera a nivel internacional, mediante el fortalecimiento y actualización en la intervención de la DNA al seno de la Red RILO (Regional Intelligence Liaison Office) de la Organización Mundial de Aduanas (2015) e intensificando el relacionamiento y cooperación con diversos organismos internacionales especializados.
No obstante reconocerse los avances producidos en el seno de la Dirección Nacional de Aduanas, existe la percepción en la mayoría de los actores públicos y privados, de que aún es importante la presencia de focos de corrupción en la institución, y que deben fortalecerse los mecanismos tendientes a su eliminación.
Este punto es de particular importancia, considerando la relevancia que tienen estos delitos, debido a la posición geográfica del país, y a la existencia de debilidades estructurales que provienen de larga data y que, no solo constituyen una amenaza para el sistema ALA/CFT del país, sino que afectan seriamente la reputación internacional del Paraguay.
Por otra parte, no existen casos judicializados de lavado de activos relacionado a estos delitos, por lo cual la efectividad del sistema anti lavado no es consistente con el riesgo que esta actividad presenta.
• Tráfico de armas
En lo que respecta a empresas dedicadas a la fabricación, importación, exportación, comercialización, transito, traslado, almacenamiento, depósito y custodia de las armas de fuego, sus piezas y componentes. El Ministerio de Defensa Nacional, a través de la Dirección de Material Bélico, realiza el seguimiento sistemático de las armas de Fuego, sus piezas y componentes, municiones y explosivos, encontrados, incautados, decomisados desde el fabricantes al comprador con el fin de detectar, investigar y analizar la fabricación y el tráfico ilícito dentro del territorio nacional (LEY 4.036/10), controla además, la fabricación, importación, exportación, comercialización, tránsito, traslado, almacenamiento, depósito y custodia de las armas de fuego, sus piezas y componentes.
Las armerías son supervisadas por el Centro Nacional de Rastreo de Armas (CENARA).
No se proporcionó información estadística respecto de la comisión de actos ilícitos relacionados con la violación de estas normas, ni sobre la vinculación de los mismos con actividades de lavado de activos o de favorecimiento al terrorismo.
Sin embargo, tanto de la Evaluación Nacional de Riesgos como de las manifestaciones realizadas por distintos participantes en las entrevistas llevadas a cabo en el curso de esta actualización, se indicó que el tráfico ilegal de armas constituye un problema en el Paraguay y que el mismo produce ganancias que serían canalizadas en el sistema económico legítimo del país.
Por esta razón, se considera conveniente realizar un estudio específico sobre este tema, a cargo de las entidades competentes: Ministerio de Defensa Nacional, CENARA, SEPRELAD y Ministerio Público.
b) Delitos no tipificados como determinantes del lavado de dinero en Paraguay
• Evasión fiscal
Paraguay, en su artículo 196 Código Penal, modificado por el artículo 1° de la ley N° 3.440/08, incluye la mayoría de los delitos determinantes al lavado de activos establecidos en el Glosario de las Recomendaciones del GAFI, pero se excluye a los delitos fiscales y el uso de información confidencial o privilegiada y manipulación del mercado.
Esto constituye una seria deficiencia, por cuanto se ha constatado que la evasión de impuestos es un fenómeno delictivo grave en el país, muchas veces asociados a otros delitos, tales como la falsificación documentaria, la creación de empresas de fachada y la asociación criminal, y que genera cuantiosas ganancias ilícitas que son volcados al sistema económico del país, por lo cual debe considerarse una amenaza seria en el marco de un análisis de los riesgos de lavado de activos.
El Estado, a través de las autoridades competentes (Subsecretaría de Estado de Tributación, Ministerio Público y Poder Judicial) está llevando a cabo una labor intensa tendiente a la investigación y sanción de esta operativa ilícita, sin embargo, en tanto la misma no se encuentra alcanzada por la normativa anti lavado, su combate se ve seriamente limitado.
Por otra parte, el hecho de que la evasión fiscal no sea un delito determinante del lavado de activos, sumado a las bajas tasas impositivas existentes en el país, contribuyen a crear un ámbito atractivo para lavar activos provenientes de la evasión cometida en países vecinos, donde sí esta actividad es penada y las tasas impositivas son mucho más altas.
Otra vulnerabilidad identificada en la presente actualización de la Evaluación Nacional de Riesgo, constituye revisar y modificar la Ley 4.673/12 por la cual se declaró la prejudicialidad absoluta en materia de persecución penal del delito de evasión impositiva.
c) Financiamiento del Terrorismo
Medidas adoptadas por el país
Si bien se mantiene la situación de amenaza identificada en la Evaluación Nacional de Riesgo, al momento de la realización del presente estudio no se han detectado en el país casos concretos de financiamiento del terrorismo ni de presencia de organizaciones terroristas o terroristas individuales.
El Estado paraguayo ha desarrollado estructuras y procedimientos tendientes a identificar la existencia de personas o grupos vinculados a organizaciones terroristas o sospechadas de serlo.
Por Resolución N° 01 de fecha 09 de enero de 1998, de la Comandancia de la Policía Nacional, se creó el Departamento de Prevención e Investigación del Terrorismo (SEPRINTE), que más tarde; por Decreto del Poder Ejecutivo N° 2960 del 12 de mayo de 1999, pasó a denominarse Secretaria de Prevención e Investigación del Terrorismo (SEPRINTE), dependiendo directamente de la Comandancia de la Policía Nacional.
La SEPRINTE es una oficina componente de la Red Internacional Antiterrorismo (RIAT). La RIAT es un organismo que incluye a la mayoría de los países de América, teniendo como finalidad materializar, fortalecer e incrementar la asistencia recíproca contra el terrorismo internacional.
A su vez, el comando de Fuerzas Militares (FF.MM.) cuenta con la Dirección General de Inteligencia, que es el órgano asesor del comandante FFMM y del Jefe de Estado Mayor Conjunto, en cuanto se refiera a alertar sobre situaciones con riesgo potencial de crisis, para el apoyo de la toma de decisiones.
Sin perjuicio de reconocer los esfuerzos que el país está realizando en esta materia, existen algunas deficiencias normativas, sobre todo relacionadas al cumplimiento con las Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas que urge superar, las que se mencionarán en el capítulo de Vulnerabilidades.
2.4.2.1.2. Amenazas vinculadas a actividades/modalidades de comisión del delito de lavado de activos.
Como se indicó previamente, Paraguay tiene dificultades para identificar los métodos utilizados para lavar activos en el país; la información oficial respecto de las modalidades delictivas operantes en el país es incompleta; no existen estadísticas suficientes, salvo las tipologías consolidadas de lavado de activos (Caso FOREX, presentada en los ejercicios bienales de GAFILAT) o de financiamiento del terrorismo; ni se han realizado análisis de los casos judiciales, o informes sobre las tendencias delictivas a cargo de las autoridades de aplicación de la ley.
Sin embargo, de la información que Se pudo obtener en función de las investigaciones de lavado de activos, así como de las entrevistas mantenidas y los talleres realizados, así como del análisis estratégico que SEPRELAD está comenzando a realizar, se puede concluir, que las principales amenazas en cuanto a las modalidades de la comisión del delito de lavado de activos serían las siguientes:
• Abuso de las personas jurídicas para la comisión de actividades delictivas, bajo la forma de "empresas de fachada
• Falsificación de documentos, incluida la emisión de facturas falsas o con contenido falso.
• Inversión inmobiliaria.
Es interesante destacar que las primeras dos modalidades se encuentran presentes en los casos de mega evasión, aun cuando la evasión fiscal no es un delito determinante en la legislación paraguaya, así como en casos de lavado de activos, constatados. Esto es un indicador de la existencia de un "modus operandi" delictivo en el Paraguay, que podría vincular en forma horizontal a las organizaciones delictivas, lo cual reafirma la necesidad de tipificar al lavado de activos proveniente de la evasión fiscal.
En cuanto a las inversiones inmobiliarias, se trata de un sector que ha tenido un notable desarrollo en los últimos años, acompañando el crecimiento del país. Sin embargo, la presencia de actores extranjeros que invierten sumas considerables de dinero en el mismo, hace que, sin dejar de estimular actividades que son beneficiosas para el país, se realicen estudios específicos para determinar su posible utilización para la comisión de ilícitos y adoptar las medidas necesarias para su prevención y detección.
2.4.2.2. Vulnerabilidades
• Insuficiente coordinación interinstitucional a nivel público y público/privado.
Debe existir un marco normativo que permita la coordinación y colaboración entre las autoridades intervinientes en materia de prevención de LA y FT, tal como lo establece la Recomendación 2 de GAFI (Cooperación y Coordinación nacional).
Se requiere que las autoridades intervinientes puedan intercambiar información entre sí de forma fluida, asegurando siempre que la información sea utilizada con la misma finalidad para la que ha sido solicitada.
No existen adecuados mecanismos horizontales de coordinación e intercambio de información sobre riesgos, tendencias o tipologías entre los distintos supervisores, o entre estos y la SEPRELAD, o entre todos ellos y las autoridades de cumplimiento de la ley, jueces, fiscales, policías, etc.
Tampoco se han establecido mecanismos de coordinación para combatir el financiamiento de proliferación de armas de destrucción masiva.
La ausencia de políticas nacionales basadas en la identificación de los riesgos y las deficiencias en la coordinación e intercambio de información entre las instituciones competentes comprometen la efectividad del sistema, lo cual explicaría los magros resultados en cuanto a reportes de operaciones sospechosas, informes de inteligencia, investigaciones, enjuiciamientos, condenas, incautaciones y decomisos.
• Existencia de focos de corrupción que facilitan la comisión de actividades delictivas y obstaculizan su investigación.
En los talleres y entrevistas que se realizaron, se mencionó la corrupción como un factor que tiene una presencia extendida en la administración pública, así como en sectores de la actividad privada. La particularidad de este delito en Paraguay es que la mención del mismo aparece más por "vox populi" que por la existencia de condenas o casos de enriquecimiento (y por ende lavado de activos) que respondan a este delito.
Ausencia de un enfoque basado en el riesgo para la prevención. Las medidas simplificadas establecidas con relación al sistema ALA/CFT — tales como la simplificación de medidas de debida diligencia de clientes cuando estos provienen del sector bancario para las empresas de seguros, agentes de bolsa y comercializadores de vehículos - no son consistentes ni surgen a partir de los riesgos identificados en la Evaluación Nacional de Riesgos.
Únicamente en el caso de las instituciones financieras supervisadas por la Superintendencia de Bancos se ha establecido la obligación de evaluar los riesgos de LA/FT de los clientes, así como efectuar el análisis de riesgos inherentes al sector, orientados a clasificar a sus clientes en Riesgo Alto, Medio y Bajo; por lo que no se desprende que estas instituciones financieras deban efectuar la evaluación de sus riesgos independientemente de la determinación del perfil de los clientes. No se han definido obligaciones respecto a la evaluación de riesgos para las demás instituciones financieras ni para las APNFD.
• Ausencia de un enfoque basado en el riesgo en la supervisión de los sujetos obligados.
Los supervisores no efectúan la supervisión de sus sujetos obligados, tanto a nivel de instituciones financieras como APNFD, tomando en cuenta el nivel de riesgo de cada uno de los supervisados, limitándose a determinar si las entidades cumplen de manera general con la regulación ALA/CFT.
Los supervisores de instituciones y APNFD no han presentado evidencia de las sanciones aplicables a los supervisados, por lo tanto, no se puede concluir que estas sean eficaces, proporcionales y disuasivas. Únicamente se hizo mención a un caso público — Caso Forex — pero no se tiene conocimiento, tanto a nivel de autoridades como de los mismos sujetos obligados, de otros casos en los que se hubieran aplicado sanciones relevantes
• Debería asegurarse la efectividad de las medidas para identificar los beneficiarios finales de las personas jurídicas.
La Ley 5895/17, que establece reglas de transparencia en el régimen de las sociedades constituidas por acciones, elimina las acciones al portador, lo cual constituye un paso importante para la identificación de los beneficiarios finales y así mitigar los riesgos que representa la utilización de las personas jurídicas para la comisión de delitos de lavado de activos.
Sin embargo, es preciso adoptar medidas para que dicha ley sea efectivamente implementada, y asegurar que todos los entes públicos con competencia en el sistema ALA/CFT emitan las regulaciones necesarias para cumplir con lo exigido por la Recomendación 24 del GAFI y asegurar su efectividad.
Por otra parte, La legislación de Paraguay no contiene sanciones de carácter civil, penal o administrativa aplicable a personas jurídicas en el caso que participen o sean utilizadas en el delito de LA-FT, y por tanto carece de sanciones efectivas y disuasivas que se apliquen a estas entidades cuando sean utilizadas en el delito de LA-FT.
• La no inclusión de los delitos tributarios como delitos determinantes del lavado de dinero. Como se manifestó anteriormente, el hecho de que la evasión fiscal no sea un delito determinante del lavado de activos, sumado a las bajas tasas impositivas existentes en el país, contribuyen a crear un ámbito atractivo para lavar activos provenientes de la evasión cometida en países vecinos, donde sí esta actividad es penada y las tasas impositivas son mucho más altas.
• Ausencia de un sistema de información adecuado que incluya el mantenimiento, el análisis y la diseminación de la misma. Como se manifestó en la Evaluación Nacional de Riesgo, y se ratificó en el presente trabajo, la ausencia de un sistema de estadística criminal y encuestas de victimización, así como estudios y análisis estratégicos realizados en forma coordinada y sistemática, obstaculiza la realización de ponderaciones de riesgo sobre las amenazas detectadas y las prácticas de LA/FT vinculadas.
• Deficiencias normativas con relación al financiamiento del terrorismo.
Paraguay no cuenta con una autoridad responsable que permita identificar y proponer la designación de personas o entidades al Comité de la RCSNU 1267/1989 o al Comité de la RCSNU 1988 de personas o entidades vinculadas a operaciones de FT o similares
De acuerdo a la legislación nacional no se ha establecido un mecanismo a través del cual el país podría realizar designaciones de acuerdo a lo dispuesto en las RCSNU, es decir, los procedimientos asociados a la identificación de los destinatarios de la designación sobre la base de los criterios estipulados para ese efecto en las resoluciones del CSNU; la aplicación de normas de valoración de la prueba de los "motivos razonables" en relación a la decisión de propuesta de designación, y el tipo de información que se tendría que proporcionar en caso de la propuesta de inclusión de algún particular en los listados del CSNU
Tampoco se cuenta con mecanismos ni procedimientos que permitan identificar personas o entidades listadas conforme a la resolución 1373 de las Naciones Unidas.
No se ha definido qué autoridad tendría los poderes para recopilar o solicitar información de identificación de personas y entidades que cumplirían con los criterios de designación, y actuar contra una persona o entidad cuya propuesta de designación se esté considerando.
• Es necesario contar con un mayor número de juzgados y fiscalías especializadas en lavado de dinero y otras manifestaciones de la delincuencia organizada y dotarlos de los recursos humanos y materiales indispensables para cumplir con sus funciones.
En materia de investigación criminal y de condena se señaló que las investigaciones por LA se ven dificultadas, por la falta de experiencia, en el caso de los jueces y fiscales, en materias contables, financieras y lo acotado de los tiempos de investigación, y que dado que no se proveen suficientes elementos de prueba no es posible llegar a condenas de LA en los casos investigados y que ello refleja la falta de coordinación y retroalimentación entre las instituciones competentes que permita concluir con éxito las investigaciones penales.
A nivel de judicatura falta comprensión de los delitos de LA o FT y se requiere una mayor capacitación. Se considera muy insuficiente la existencia de una sola Fiscalía y un solo Juzgado especializados en lavado de activos.
Asimismo, debería constituirse una unidad de peritos técnicos en investigación financiera dedicados exclusivamente al apoyo de las fiscalías especializadas en lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
• Los organismos competentes en la lucha contra estos delitos no cuentan con los recursos humanos y materiales suficientes.
Esto es especialmente notorio en el caso de SEPRELAD, que constituye el eje del sistema ALA/CFT del país y no cuenta con instalaciones adecuadas, con la cantidad de personal técnico necesario ni con las medidas de seguridad que reguiere el cumplimiento de sus funciones.
Otro ejemplo lo constituye el Departamento contra Delitos Económicos y Financieros de la Policía Nacional, que tampoco cuenta con los recursos necesarios para llevar a cabo en forma adecuada la investigación de delitos complejos.
Tampoco los organismos de supervisión cuentan con los recursos que requieren una labor que incluye capacitación permanente, supervisión in-situ y extra-situ, con los consiguientes procesos de inspección, análisis y, eventualmente, sanción
3-RECOMENDACIONES PARA LA ACTUALIZACION DEL PLAN ESTRATEGICO DEL ESTADO PARAGUAYO DE LUCHA CONTRA EL LAVADO DEL DINERO, EL FINANCIAMNIENTO DEL TERRORISMO Y LA PROLIFERACION DE ARMAS DE DESTRUCCION MASIVA
ASPECTOS JURIDICOS-PENALES
• Incluir los delitos fiscales y el uso de información confidencial o privilegiada y manipulación-del mercado como delitos determinantes del lavado de dinero.
• Legislar sobre el decomiso de bienes de valor correspondiente. • Establecer sanciones penales para las personas jurídicas involucradas en la comisión de los delitos de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo.
• Designar una autoridad responsable que permita identificar y proponer la designación de personas o entidades al Comité de la RCSNU 1267/1989 o al Comité de la RCSNU 1988 de personas o entidades vinculadas a operaciones de FT o similares' y establecer medidas para excluir de los listados y descongelar los fondos u otros activos de personas y entidades que no satisfacen o dejaron de satisfacer los criterios de designación de acuerdo a lo señalado en la Recomendación 6, así como disposiciones asociadas a la autorización de acceso a fondos u otros activos que sean necesarios para los gastos -básicos, y otros gastos considerados en concordancia con los procedimientos de la RCSNU 1452 y la RCSNU 1373.
• Establecer mecanismos dirigidos a dar cumplimiento a las resoluciones del CSNU respecto a la prevención, supresión e interrupción de la proliferación de armas de destrucción masiva y su financiamiento.
ASPECTOS ESTRUCTURALES / TRANSVERSALES
• Identificar las vulnerabilidades del sistema ALA/CFT generadas por la corrupción y el contrabando y confeccionar un Plan de Acción para superarlas.
• Implementar la Coordinación interinstitucional del sistema ALA/CFT.
• Establecer un mecanismo para actualizar la Evaluación Nacional de Riesgo (ENR) de LA/FT del Paraguay y el Plan de Acción dispuesto en el Plan Estratégico Nacional.
• Establecer un mecanismo para actualiza-la Evaluación Nacional de Riesgo (ENR) de LA/FT del Paraguay y el Plan de Acción dispuesto en el Plan Estratégico Nacional.
• Difundir entre todos los componentes del sistema ALA/CFT del Paraguay, los resultados de la Evaluación Nacional de Riesgos del Paraguay.
• Identificar las principales tipologías utilizadas en el Paraguay para el LA y FT, y difundirlas a todos los sujetos que componen el sistema ALA/CFT
• Establecer un sistema coordinado de estadísticas en materia de lavado de activos y sus delitos determinantes, incautaciones y decomisos.
• Elaborar un Plan Nacional de Capacitación en materia de ALA/CFT que abarque a la totalidad de las entidades públicas que componen el sistema.
• Asignar a las entidades públicas competentes los recursos humanos y materiales necesarios para mitigar los riesgos de LA/FT.
• Ajustar el plan de acción para superar las vulnerabilidades del sistema ALA/CFT producidas por la informalidad de la economía.
• Optimizar la capacidad de colaboración de la Dirección General de los Registros Públicos y Servicio Nacional de Catastro con el sistema.
PREVENCIÓN
• Actualizar el Enfoque Basado en Riesgos en el Marco Regulatorio Nacional y Sectorial ALA/CFT.
• Realizar evaluaciones sectoriales de riesgo de las actividades establecidas como sujetos obligados.
• Adoptar el Enfoque Basado en Riesgos para la supervisión ALA/CFT por parte de la totalidad de los organismos supervisores.
• Establecer directrices y ofrecer retroalimentación que ayude a las instituciones financieras y APNFD en la aplicación de medidas ALA/CFT nacionales para combatir el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo y, en particular, en la detección y reporte de operaciones sospechosas.
• Adoptar las medidas legales o normativas necesarias para impedir que los delincuentes o sus cómplices tengan, o sean el beneficiario final, de una participación significativa o mayoritaria u ocupen un cargo gerencial en una institución financiera o una APNFD.
• Realizar una evaluación de riesgos de las Organizaciones sin Fines de Lucro y revisar la normativa vigente sobre su regulación y control.
• Realizar una evaluación de riesgos de las personas y estructuras jurídicas y adoptar medidas para asegurar la transparencia y el conocimiento del beneficiario final de las mismas.
• Asegurar que exista una gama de sanciones proporcionales y disuasivas, sean penales, civiles o administrativas, que estén disponibles para aplicarse a las personas físicas o jurídicas que no cumplen con los requisitos ALA/CFT detallados en las Recomendaciones 6, y 8 a 23.
DETECCION-INVESTIGACION
JUSTICIA PENAL
• Aumentar el número de juzgados y fiscalías especializadas en la investigación de los hechos punibles de LA/FT, revisar sus ámbitos de competencia, y dotarlos de unidades técnicas especializadas.
• Revisar la asignación de competencias entre las autoridades responsables en la investigación de los delitos de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo y asegurar una adecuada coordinación entre las mismas.
• Fortalecer el proceso de especialización del MP y PJ, y las fuerzas de seguridad en materia de investigación y detección de delitos de LA/FT.
• Realizar las modificaciones legislativas necesarias para asegurar que las autoridades competentes que llevan a cabo investigaciones deben poder usar una amplia gama de técnicas de investigación de lavado de activos, delitos determinantes asociados y financiamiento del terrorismo, entre ellos:
-operaciones encubiertas;
-interceptación de comunicaciones; acceso a sistemas informáticos; y
-entregas controladas.
• Establecer mecanismos de coordinación adecuados entre las autoridades competentes — Aduana, Inmigración y otras — respecto a la implementación y aplicación práctica de la Recomendación 32.
COOPERACION INTERNACIONAL
• Estudiar la posibilidad de firmar acuerdos para coordinar las acciones de incautación y decomiso con otros países y establecer mecanismos para compartir con otros países los bienes decomisados y viceversa, en especial cuando el decomiso sea, directa o indirectamente, el resultado de acciones coordinadas entre autoridades garantes del cumplimiento de la ley.