LEY N° 4542
QUE MODIFICA EL ARTICULO 3°, INCISO m) Y EL ARTICULO 14 DE LA LEY N° 609/95 “QUE ORGANIZA LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA”
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY

Artículo 1°.- Modifícanse el Artículo 3°, inciso m) y el Artículo 14 de la Ley N° 609/95 “QUE ORGANIZA LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA”, cuyos textos quedan redactados como sigue:

Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a veinte días del mes de octubre del año dos mil once, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados, a quince días del mes de noviembre del año dos mil once, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 207, numeral 1) de la Constitución Nacional.