Art. 94º.- Selección basada en la calidad y el costo. Para la contratación de servicios de consultoría se utilizará preferentemente el método de selección basado en la calidad y el costo establecido en el artículo 54º, inciso a), de la Ley. Los otros métodos de selección podrán ser utilizados en los casos previstos en los artículos 95º, 96º, 97º y 98º del Reglamento.
La selección basada en la calidad y costo es un proceso competitivo en el que la ponderación que se asigne a la calidad y al costo se detallará en la Carta de Invitación y se determinará en cada caso de acuerdo con la naturaleza del trabajo que se ha de realizar. Normalmente, la ponderación que se asigne a la calidad y al costo será del 70% al 80% y del 30% al 20%, respectivamente.
La Carta de Invitación deberá contener la siguiente información: (i) una definición precisa de los objetivos, productos y extensión de los trabajos a encomendar, todo lo cual deberá estar reflejado en los Términos de Referencia correspondientes que se adjuntarán como anexo;
(ii) se suministrará información básica con el objeto de facilitar a los consultores la preparación de sus ofertas. Dicha información incluirá elementos tales como descripción del proyecto, si lo hubiere; organización del contratante; contactos con el contratante; apoyo logístico al consultor, como oficinas, computadoras, etc.; contrapartes que se pondrían a disposición; etc.
(iii) Si uno de los objetivos es la capacitación o la transferencia de conocimientos, es preciso describirlo específicamente y dar detalles sobre el número de funcionarios que recibirán capacitación y otros datos similares, a fin de permitir a las firmas Consultoras estimar los recursos que se necesitarán.
1.-Recepción de las ofertas. Las ofertas técnicas y de precio deberán presentarse al mismo tiempo. No se aceptarán enmiendas a las ofertas técnicas y de precio una vez cumplido el plazo. Con el fin de salvaguardar la integridad del proceso, las ofertas técnicas y de precio se presentarán en sobres cerrados y separados, y debidamente identificados.
Las ofertas de precio permanecerán cerradas y quedarán depositadas en poder de la Convocante hasta que se proceda a abrirlas en público.
2.-La Evaluación de las Ofertas. Se efectuará en dos etapas; primero la calidad, y a continuación el costo. Los encargados de evaluar las ofertas técnicas no tendrán acceso a las ofertas de precio sino hasta que la evaluación técnica haya concluido.
2.1.- Evaluación de la Calidad. El Comité de Evaluación evaluará cada oferta técnica teniendo en cuenta entre otros los siguientes criterios: a. La experiencia específica de la Consultora en relación con la tarea por asignar; b. La calidad de la metodología propuesta y/o plan de trabajo propuesto; c. Las calificaciones profesionales del personal clave propuesto; y d. La transferencia de conocimientos si fuera aplicable.
Se calificará cada criterio conforme a una escala de 1 a 100 y luego se ponderará cada calificación, lo que dará un puntaje. Para salvaguardar la calidad técnica de la oferta, se establecerá un puntaje mínimo necesario para que la propuesta sea considerada en la comparación final, no menor a 70 puntos (sobre cien).
3.-Evaluación del Costo. Una vez finalizada la evaluación de la oferta técnica, la Convocante notificará a las firmas Consultoras el resultado de dicha evaluación, indicando expresamente para aquellas que no hayan obtenido el puntaje mínimo, que sus ofertas de precio les serán devueltas sin abrir después de terminado el proceso de selección. En la misma comunicación, la Convocante informará la fecha y hora fijadas para abrir las ofertas de precio de aquellas firmas que hayan resultado calificadas técnicamente.
La fecha de apertura será entre dos y diez días hábiles con posterioridad a la fecha de notificación. Las ofertas de precio serán abiertas en público en presencia de los representantes de las firmas Consultoras que decidan asistir. Cuando se abran las ofertas de precio, se leerán en voz alta el nombre de la firma Consultora, el puntaje de calidad obtenido y los precios propuestos. La Convocante preparará el acta de la apertura correspondiente.
Si hay errores aritméticos, deberán corregirse a los fines de comparar las ofertas.
Para los propósitos de evaluación, el costo incluirá otros gastos reembolsables, como viajes, traducciones, impresión de informes y gastos de secretaría. Se podrá asignar un puntaje de 100 a la propuesta de costo más baja, y puntajes inversamente proporcionales a sus respectivos precios a las demás ofertas, u otra metodología que refleje adecuadamente la proporción entre los precios. En la Carta de Invitación se deberá describir la metodología que se utilizará y los factores de ponderación.
4. Evaluación combinada de la calidad y el costo. El puntaje total se obtendrá sumando los puntajes ponderados relativos a la calidad y el costo. El factor de ponderación del costo se elegirá teniendo en cuenta la complejidad del trabajo y la importancia relativa de la calidad.
Se adjudicará al Oferente cuya oferta obtenga el puntaje más alto.
No se deberá permitir al Oferente seleccionado que efectúe sustituciones de personal clave, a menos que las partes convengan en que el retraso indebido del proceso de selección haga inevitable tal sustitución o en que tales cambios sean fundamentales para alcanzar los objetivos del trabajo. Si este no fuera el caso y si se determina que en la oferta se ofrecieron los servicios del personal clave sin haber confirmado la disponibilidad de éste, se podrá descalificar al Oferente y continuar el proceso con el Oferente que corresponda en el orden de prelación.
Además, la descalificación de un Oferente por este motivo podrá ser objeto de sanciones posteriores según lo determine la Unidad Central Normativa y Técnica.
El personal clave que se proponga como reemplazo deberá tener calificaciones profesionales iguales o mejores que la del personal clave propuesto inicialmente.