​LEY N° 115/1990
QUE MODIFICA LOS ARTICULOS N°s 270 y 272 DEL CODIGO SANITARIO, LEY Nº 836/80.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY

Artículo 1º.- Modifícase los Artículos 270 y 272 del Código Sanitario de la Ley Nº 836/80, en los siguientes términos:

Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Aprobada por la Honorable Cámara de Senadores a veinte de noviembre del año un mil novecientos noventa y por la Honorable Cámara de Diputados , sancionándose la Ley, el diez y nueve de diciembre del año un mil novecientos noventa.