LEY N° 4.066
QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 249 DE LA LEY Nº 3.966/10 “ORGÁNICA MUNICIPAL”.
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:

Artículo 1°.- Modifícase el Artículo 249 de la Ley Nº 3.966/10 “ORGÁNICA MUNICIPAL”, que queda redactado de la siguiente manera:

Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los diecisiete días del mes de junio del año dos mil diez, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los veintiocho días del mes de julio del año dos mil diez, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.