LEY N° 6652

QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 266, INCISO B) Y EL ARTÍCULO 273 DE LA LEY Nº 834/1996 “QUE ESTABLECE EL CÓDIGO ELECTORAL PARAGUAYO”

EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y:

Artículo 1º.- Modifíquese el Artículo 266, inciso b) y el Artículo 273 de la Ley Nº 834/1996 “QUE ESTABLECE EL CÓDIGO ELECTORAL PARAGUAYO”, los cuales quedarán redactados de la siguiente manera:

Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a los veintinueve días del mes de octubre del año dos mil veinte, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados, a los diez días del mes de noviembre del año dos mil veinte, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.