DECRETO Nº 5241/2005

POR EL CUAL SE ACTUALIZAN LOS MONTOS DE LAS TASAS PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 85 DE LA LEY Nº 1630/2000, "DE PATENTES DE INVENCIONES"

Asunción, 18 de mayo de 2005

VISTO: La Ley Nº 1630/2000, "De Patentes de Invenciones"; y

CONSIDERANDO: Que el Artículo 85 de la mencionada Ley establece que el Ministerio de Industria y Comercio, por medio de la Dirección de la Propiedad Industrial, percibirá tasas por diversos condeptos y que los montos de las mismas deberán actualizarse anualmente por el Poder Ejecutivo, en la medida de la variación del Indice de Precio al Consumidor que se produzca en los doce meses anteriores al 1 de noviembre de cada año civil, de acuerdo con lo que informe en tal sentido el Banco Central del Paraguay.

Que el Banco Central del Paraguay ha informado que el Indice de Precios al Consumidor (IPC), en dicho periodo, ha sufrido una nueva variación acumulada de 3,6%.

POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY

DECRETA:

Artículo 1º.- Actualízanse los montos de las tasas establecidas en la Ley Nº 1630/2000, "De Patentes de Invenciones", que quedan fijados como sigue:

Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro de Industria y Comercio.

Artículo 3º.- Comuníquese, publíquese y dese al Registro Oficial.