1. BENEFICIARIOS FINALES.
1.1 El Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) define Beneficiario Final como la (s) persona (s) natural (es) que finalmente posee o controla a un cliente, y/o la persona natural en cuyo nombre se realiza una transacción. Incluye también a las personas que ejercen el control efectivo final sobre una persona jurídica u otra estructura jurídica.
1.2 Artículo 4o de la Ley No 6446 del 29/11/2019 "QUE CREA EL REGISTRO ADMINISTRATIVO DE PERSONAS Y ESTRUCTURAS JURÍDICAS Y EL REGISTRO ADMINISTRATIVO DE BENEFICIARIOS FINALES DEL PARAGUAY", y eventuales modificatorias.
"El Beneficiario Final se refiere a la o las personas físicas que, directa o indirectamente, posean una participación sustantiva o control final sobre la persona jurídica o estructura jurídica, o se beneficie de éstas, de manera que se enmarque por lo menos en una de las siguientes condiciones:
a. Tenga participación sustantiva: la tenencia de acciones o participaciones en un porcentaje igual o mayor al 10% (diez por ciento) con respecto al capital total de la persona o estructura jurídica;
b. Controle más del 25% (veinticinco por ciento) del derecho de votación en la persona o estructura jurídica;
c. Gerentes, administradores o quienes frecuentemente usen o se beneficien de los activos que son propiedad de la persona o estructura jurídica o, en cuyo nombre o beneficio se realice una transacción de la persona o estructura jurídica;
d. No estando contemplado en los incisos anteriores, tenga derecho a designar o cesar parte de los órganos de administración, dirección o supervisión; o,
e. Que posea la condición de control de esa persona o estructura jurídica en virtud de sus estatutos, reglamentos u otros instrumentos."
2. SEÑALES DE ALERTA. Son aquellas situaciones que se salen de los comportamientos particulares y conocidos de las personas físicas o jurídicas vinculadas a los ingresos de la OSFL, de los miembros de la Máxima Autoridad de Dirección, de los empleados; considerándose atípicas y que, por tanto, requieren mayor análisis para determinar si existe una posible relación con actividades u organizaciones vinculadas al LA/FT.
3. POBLACIÓN META. Persona, grupo de personas u organizaciones a quien va dirigido el programa, proyecto o finalidad de la OSFL.
4. BENEFICIARIO. persona física y/o jurídica a las cuales se le destina los recursos o fondos en carácter de donaciones, ayuda, etc.
5. Por "Máxima Autoridad de Dirección" el reglamento se refiere al órgano, colegiado o unipersonal, que tenga como atribución o competencia las potestades propias de la administración de los recursos de la entidad y la toma de decisiones sobre los mismos, para la consecución de sus fines o propósitos. Ejemplos: Consejo o Junta Directiva, Consejo de Administración, Directorio, o asimilables.
6. Por "tipo de ingresos" el reglamento se refiere a las cuotas sociales, donaciones, aportes, préstamos, otras actividades de recaudación, o cualquier otra forma de incremento del patrimonio de la entidad.
7. Por "condición de la persona física o jurídica vinculada a los tipos de ingresos" el reglamento se refiere al hecho de ser socio o asociado en cualquiera de sus condiciones (fundador, activo, etc.), aportante, donante, benefactor, acreedor de la OSFL.
8. Por "actividades de recaudación masiva" el reglamento se refiere a aquellas circunstancias o eventos en donde concurra un número significativo de personas, y que dicha circunstancia tenga la suficiente entidad de dificultar o impedir la adecuada identificación de los donantes o aportantes como, por ejemplo: colecta callejera de dinero u otros bienes, rifas, venta de alimentos u otros objetos, entre otras situaciones.
9. Personas Expuestas Políticamente (PEP): es toda persona, nacional o extranjera, que desempeña o ha desempeñado funciones públicas en alguno de los cargos detallados en los artículos 2°, 3° y 4° de la Resolución SEPRELAD NO 050/2019.
El listado anterior solo es referencial y no limitativo, por lo que las OSFL deberán revisar complementariamente el glosario de términos emitido por el GAFI y otros instrumentos normativos y legales que rigen la materia.