LEY N° 6178

QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 113 DE LA LEY N° 5501/15 “QUE MODIFICA VARIOS ARTÍCULOS DE LA LEY N° 438/94 ‘DE COOPERATIVAS”

EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY

Artículo 1°.- Modifícase el artículo 113 de la Ley N° 5501/15 “QUE MODIFICA VARIOS ARTÍCULOS DE LA LEY N° 438/94 ‘DE COOPERATIVAS”, que queda redactado como sigue:

Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a veintiséis días del mes de junio del año dos mil dieciocho, quedando sancionado el mismo por la Honorable Cámara de Diputados, a diecinueve días del mes de setiembre del año dos mil dieciocho, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.