Artículo 2: Definiciones.
Para efectos de este Reglamento, se entenderá por:
Administrador del SEOG: Es el Banco Central de Paraguay.
Avisos Electrónicos de Cesiones de Crédito: Son los que se incorporan al SEOG a través de Formularios Electrónicos, con el propósito de dar aviso a terceros de operaciones de factoraje y otras operaciones garantizadas con créditos convencionales u otras cuentas por cobrar. Los avisos son los siguientes: Formulario Inicial, Formulario de Modificación, Formulario de Cancelación y cualquier otro que desarrolle el administrador para el buen funcionamiento y operatividad del SEOG.
Base de datos del SEOG: Es el conjunto de datos que se almacenan por el SEOG y que se forma a través de los Avisos.
Certificación del SEOG: Es el documento electrónico que genera automáticamente el SEOG, donde se hace constar la información que existe en el SEOG, según los parámetros de la búsqueda realizada al momento exacto en que los resultados de la búsqueda se generan, conteniendo la información introducida a través de los formularios de inscripción o modificación. Esta certificación se emite en forma electrónica, en formato que no permite alteración, tendrá un código de validación generado por el SEOG y podrá ser impresa por la persona que la solicitó. No se requiere ser usuario para solicitar Certificación Electrónica del SEOG.
Folio Electrónico: Es la inscripción electrónica que se genera por el SEOG, que otorga un Número de Inscripción, bajo el cual se almacena en forma cronológica toda la información relacionada con una operación de factoraje, en virtud de los formularios que se incorporen a dicho sistema.
Formularios de Inscripción: Son los formularios preestablecidos por el SEOG, en los cuales se consigna la información para realizar la inscripción inicial, modificación o cancelación sobre operaciones de factoraje y operaciones garantizadas.
Inscripción: Es la incorporación al SEOG de un Formulario de Inscripción, incorporación que se hace a través de un formulario electrónico preestablecido por el SEOG y que pasa a formar la base de datos de dicho sistema.
Ley: Es la Ley N° 6542/20 “De Factoraje, Factura Cambiaria y Sistema Electrónico de Operaciones Garantizadas”, así como sus respectivas modificaciones, en su caso.
Número de Identificación: Es el número único e irrepetible que identifica a una persona:
a) física que nació o tiene domicilio en Paraguay, con el Número de Registro Único de Contribuyente (RUC) o Cédula de Identidad (CI);
b) jurídica, con el Número de Registro Único del Contribuyente (RUC);
c) física extranjera con el número de RUC paraguayo, si cuenta con el mismo, o con el número de pasaporte;
d) jurídica extranjera con el número de RUC paraguayo, si cuenta con el mismo, o con el número de inscripción en el país donde está constituida dicha entidad o el número que genere el sistema para identificarlo, en caso que no lo tuviere;
e) en caso de organismos y entidades del Estado u órganos jurisdiccionales o del Ministerio Público, el SEOG podrá generar un número de identificación para identificarlo con el rol que desempeñan o podrá hacerlo con el RUC respectivo.
Número de Inscripción: Es el número único de Folio Electrónico asignado automáticamente a cada inscripción en el SEOG, que está permanentemente asociado con la inscripción inicial. Todos los formularios del SEOG estarán asociados con el Formulario de Inscripción Inicial y se identificarán en las búsquedas del SEOG en estricto orden cronológico.
Reglamento: Es este Reglamento del SEOG.
Sistema Electrónico de Operaciones Garantizadas (SEOG): Es el registro electrónico que se crea de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 6542/20, en el que se incorporan los Formularios Electrónicos con el propósito de dar aviso de operaciones de factoraje y operaciones garantizadas contra terceros.
Usuario del SEOG: es la persona física o jurídica que, habiendo cumplido con todos los requisitos que establece este Reglamento, recibe una cuenta de usuario para ingresar y hacer uso del SEOG.
Sub Usuario: Es el o las personas que sean autorizados por un Usuario para que, bajo su cuenta, pueda/n realizar operaciones en el SEOG. El número que les asigne el SEOG estará asociado con el del Usuario que le permitió el acceso al SEOG.