LEY Nº 731
QUE AMPLIA EL ARTICULO 13, INCISO P) DE LA LEY No. 98 DEL 31 DE DICIEMBRE DE 1992

EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:

Artículo 1°.- Amplíase el Artículo 13, inciso p) de la Ley No. 98 del 31 de diciembre de 1992, cuyo texto queda redactado como sigue:

Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Aprobada por la Honorable Cámara de Senadores el veinticuatro de agosto del año un mil novecientos noventa y cinco y por la Honorable Cámara de Diputados, sancionándose la Ley, el diez de octubre del año un mil novecientos noventa y cinco.