LEY N° 5.346
QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 245, 246, 248, 250, 255 Y 258 DE LA LEY Nº 3.966/10 "ORGÁNICA MUNICIPAL", MODIFICADA POR LA LEY Nº 4.715/12.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY

Artículo 1.° Modifícanse los artículos 245, 246, 248, 250, 255 y 258 de la Ley Nº 3.966/10 "ORGÁNICA MUNICIPAL", modificada por la Ley Nº 4.715/12, los cuales quedan redactados en los siguientes términos:

Artículo 2.° Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los veinticinco días del mes de junio del año dos mil catorce, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los dieciséis días del mes de octubre del año dos mil catorce, queda sancionado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 211 de la Constitución Nacional.