LEY N° 3.698
QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 37 Y 38 DE LA LEY N° 1590/2000 “QUE REGULA EL SISTEMA NACIONAL DE TRANSPORTE Y CREA LA DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE (DINATRÁN) Y LA SECRETARÍA METROPOLITANA DE TRANSPORTE (SMT)”.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY

Artículo 1°.- Modifícanse los Artículos 37 y 38 de la Ley N° 1590/ 2000 “QUE REGULA EL SISTEMA NACIONAL DE TRANSPORTE Y CREA LA DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE (DINATRÁN) Y LA SECRETARÍA METROPOLITANA DE TRANSPORTE (SMT)”, que quedan redactados de la siguiente forma:

Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los veintisiete días del mes de noviembre del año dos mil ocho, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los cinco días del mes de marzo del año dos mil nueve, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 207, numeral 2 de la Constitución Nacional.