LEY Nº 2.094

QUE DEROGA LA LEY N° 1957 DEL 6 DE AGOSTO DE 2002 , "QUE AMPLIA LA LEY N° 861, "GENERAL DE BANCOS, FINANCIERAS Y OTRAS ENTIDADES DE CRÉDITO", DEL 24 DE JUNIO DE 1996".

EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

Artículo 1°.- Derógase la Ley N° 1957 del 6 de agosto de 2002 "QUE AMPLIA LA LEY N° 861, GENERAL DE BANCOS, FINANCIERAS Y OTRAS ENTIDADES DE CRÉDITO", del 24 de junio de 1996.

Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a los veinte días del mes de marzo del año dos mil tres, quedando sancionado el mismo por la Honorable Cámara de Diputados, a tres días del mes de abril del año dos mil tres, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.