LEY N° 1.954

QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 23 DE LA LEY N° 1535, DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DEL ESTADO.

EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

Artículo 1°.- Modifícase el Artículo 23 de la Ley N° 1535, DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DEL ESTADO, que queda redactado de la siguiente manera:

Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a veintitrés días del mes de mayo del año dos mil dos, y por la Honorable Cámara de Senadores, a once días del mes de julio del año dos mil dos, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 207, numeral 1 de la Constitución Nacional.