LEY N° 6.842
QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 112 INCISO X) Y EL ARTÍCULO 113 INCISO G), DE LA LEY N° 5016/2014 “NACIONAL DE TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL”.

EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY

Articulo 1.° Modifícanse el artículo 112 inciso x) y el artículo 113 inciso g), de la Ley N° 5016/2014 “NACIONAL DE TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL”, que quedan redactados de la siguiente manera:

Artículo 2° Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a un día del mes de setiembre del año dos mil veintiuno, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los veintiún días del mes de octubre del año dos mil veintiuno, queda sancionado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 207 numeral 3) de la Constitución Nacional.