LEY N° 4.767
QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 21 DE LA LEY N° 1.535/99, ‘DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DEL ESTADO’.
ELCONGRESO DE LA NACON PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:

Artículo 1º.- Modifícase el artículo 21 de la Ley N° 1.535/99 “DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DEL ESTADO”, que queda redactado de la siguiente manera:

Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los veintiocho días del mes de junio del año dos mil doce, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los veintisiete días del mes de setiembre del año dos mil doce, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 207, numeral 2 de la Constitución Nacional.