LEY N° 1.969
QUE MODIFICA, AMPLÍA Y DEROGA VARIOS ARTÍCULOS DE LA LEY N° 1682/2001 "QUE REGLAMENTA LA INFORMACIÓN DE CARÁCTER PRIVADO".
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:

Artículo 1°.- Modifícanse los Artículos 1°, 2°, 5°, 7°, 9° y 10 de la Ley N° 1682/2001, cuyos textos quedan redactados de la siguiente manera:

Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a veintitrés días del mes de mayo del año dos mil dos, y por la Honorable Cámara de Senadores, a veintidos días del mes de agosto del año dos mil dos, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 207, numeral 2 de la Constitución Nacional.