RESOLUCIÓN N° 130/2019
CHEQUES EXTRAVIADOS O ROBADOS - REMISIÓN DE INFORMACIÓN A TRAVÉS DE LA RED DE COMUNICACIÓN FINANCIERA DEL BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY.
Asunción, 17 de diciembre de 2019
VISTO: la nota presentada por la Cámara Paraguaya de Medios de Pagos en fecha 11.12.2015; el Dictamen GUJ. DJSEF. N° 050/2016 de la Unidad Jurídica del Banco Central del Paraguay de fecha 23.02.2016; los Memorandos DO N° 077/2016 y N° 149/2016 de la Sub Gerencia General de Operaciones Financieras, de fechas 31.03.2016 y 22.08.2016 respectivamente; el Memorando GOP DO/DCC N° 156/2016 de la División Cámara Compensadora de fecha 18.08.2016; el Memorando SB. GSES. CI. N° 051/2016 de la Central de Información de fecha 02.11.2016; el Memorando SB. GSES. ILA. N° 525/2016 y N° 530/2016 de la Intendencia de Licencias y Autorizaciones, de fechas 22.11.2016 y 24.11.2016 respectivamente; las Providencias SB. GSES. ILA. N° 259/2016 y N° 133/2018 de la Intendencia de Licencias y Autorizaciones, de fechas 26.12.2016 y 29.10.2018 respectivamente; el Memorando SB. GSES. IAF. N° 165/2018 de la Intendencia de Análisis Financiero de fecha 22.11.2018; los Memorandos SB. GAR. IAG. N° 040/2019 y N° 078/2019 de la Intendencia de Análisis Global, de fechas 11.03.2019 y 11.06.2019 respectivamente; el Memorando GTIC. N° 0191/2019 de la Gerencia de Tecnología de la Información y Comunicaciones de fecha 07.06.2019; la Providencia SB. GAR. IGI. N° 016/2019 de la Intendencia de Gestión de la Información de fecha 12.07.2019; la Providencia de fecha 11.12.2019 de la Gerencia de Análisis y Regulación; y,
CONSIDERANDO: la permanente finalidad de brindar un servicio más eficiente a los usuarios de servicios bancarios; la intención de contar con la información detallada y oportuna de cheques extraviados o robados; y la necesidad de estandarizar y recibir en forma electrónica información contable y financiera a través de la Red de Comunicación Financieras (RCF) del Banco Central del Paraguay;
Por tanto, en uso de sus atribuciones,
EL SUPERINTENDENTE DE BANCOS
RESUELVE: