LEY N° 5.067
QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 2º Y 31 DE LA LEY Nº 1.163/97 "QUE REGULA EL ESTABLECIMIENTO DE BOLSAS DE PRODUCTOS".
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY

Artículo 1°.- Modifícanse los artículos 2º y 31 de la Ley Nº 1.163 de fecha 28 de noviembre de 1997 "QUE REGULA EL ESTABLECIMIENTO DE BOLSAS DE PRODUCTOS", cuyos textos quedan redactados como sigue:

Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los doce días del mes de junio del año dos mil trece, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los doce días del mes de setiembre del año dos mil trece, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 204 de la Constitución Nacional.