Artículo 29.- Modifícase el Clasificador Presupuestario de Ingresos, Gastos y Financiamiento aprobado por la Ley N° 4249 de fecha 12 de enero de 2011 “QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 2011”, cuyo texto queda redactado de la siguiente manera:
“830 OTRAS TRANSFERENCIAS CORRIENTES AL SECTOR PUBLICO O PRIVADO
Aportes o transferencias no consolidables entre los Organismos y Entidades del Estado y/o Municipalidades. Y los aportes no consolidables de la Administración Central y Descentralizadas a instituciones, fundaciones y otros organismos y entidades privadas, públicas, paraestatales, consejos regionales y locales de salud, o no gubernamentales.”
“831 APORTES A ENTIDADES CON FINES SOCIALES, AL FONDO NACIONAL DE EMERGENCIA Y AL FONDO NACIONAL DE RECURSOS SOLIDARIOS PARA LA SALUD
Aportes no consolidables de la Administración Central y Descentralizadas a instituciones, fundaciones, redes, asociaciones, comisiones interinstitucionales y otros organismos y entidades privadas, públicas, paraestatales u organizaciones no gubernamentales, destinados a atender gastos de programas de carácter social, gubernamentales, o de emergencia nacional y fines similares.
Además, incluyen las transferencias o aportes al Fondo Nacional de Emergencia que estarán destinados a la afectación de gastos inherentes a las acciones puntuales orientadas a la prevención y mitigación de sucesos capaces de producir desastres y la preparación, respuesta y rehabilitación de comunidades afectadas a situaciones de emergencia o desastres, en la respectiva cuenta especial habilitada con independencia patrimonial, administrativa, contable y estadística, de conformidad a las normas establecidas en la Ley N° 2615/05 “QUE CREA LA SECRETARIA DE EMERGENCIA NACIONAL (SEN)” y la reglamentación establecida a tal efecto.
Incluyen así mismo, las transferencias de los recursos afectados al FONARESS cuyo objetivo principal es el financiamiento de la atención médica de alta complejidad, de efectividad demostrada.”