Ley N° 4179/2011 - Que modifica y amplía los artículos 57, 58, 70, 73 y 100 de la Ley N° 642/95 "De telecomunicaciones".
2011-03-31Norma: LeyOrganización: Poder Legislativo NacionalJurisdicción: NacionalAlcance: General
​LEY N° 4.179
QUE MODIFICA Y AMPLÍA LOS ARTÍCULOS 57, 58, 70, 73 y 100 DE LA LEY Nº 642/95 “DE TELECOMUNICACIONES”.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:
Artículo 1°.- Modifícanse y Amplíanse los Artículos 57, 58, 70, 73 y 100 de la Ley Nº 642/95 “DE TELECOMUNICACIONES”, que quedan redactados de la siguiente forma:
Artículo 2°.- Quedan derogadas todas las disposiciones contrarias a la presente Ley.
Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los cuatro días del mes de agosto del año dos mil diez, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los veintiocho días del mes de octubre del año dos mil diez, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional. Objetado totalmente por Decreto del Poder Ejecutivo N° 5.403 del 11 de noviembre de 2010. Rechazada la objeción total por la H. Cámara de Diputados el nueve de diciembre de 2010 y por la H. Cámara de Senadores, el ocho de marzo de 2011, de conformidad con lo establecido en el Artículo 209 de la Constitución Nacional.!! fin pie