Decreto N° 1931
POR EL CUAL SE ESTABLECE UN RÉGIMEN ESPECÍFICO DE LIQUIDACION DE TRIBUTOS INTERNOS EN LA IMPORTACIÓN DE DETERMINADOS BIENES PARA SU COMERCIALIZACIÓN A PERSONAS FÍSICAS NO DOMICILIADA
Asunción, 13 de junio de 2019
VISTO: La presentación realizada por el Ministerio de Hacienda, individualizada como expedienie SIME MH. N° 46.866/2019,
La Ley N° 125/1991, "Que establece el "Nuevo Régimen Tributario",
La Ley N° 2421/2004, "De Reordenamiento Administrativo y de Adecuación Fiscal",
La Ley N° 2422/2004, "Código Aduanero".
La Ley N° 5061/2013, "Que modifica disposiciones de la Ley 125 del 9 de enero de 1992 'Que establece el Nuevo Régimen Tributario' y dispone otras medidas de carácter tributario; y
CONSIDERANDO: Que es necesaria la adecuación de disposiciones reglamentarias con respecto a las importaciones de productos que son introducidos para destinarlos la a venta a turistas dentro del país, fomentando con ello la competitividad y sostenibilidad del sector comercial.
Que es preciso adecuar y unificar en una sola disposición las normas reglamentarias previstas en el Decreto N° 6406/2005 y sus modificaciones
Que, por otro lado, también resulta necesario establecer medidas tendientes a incentivar el comercio fronterizo.
Que la Abogacía del Tesoro del Ministerio de Hacienda se ha expedido en los términos del Dictamen N° 925/2019.
POR TANTO, en ejercicico de sus atribuciones constitucionales,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY
D E C R E T A: