Artículo 4º.- PROHIBICIONES.
La Ley de Presupuesto General de la Nación, y el presupuesto de los gobiernos municipales no podrán autorizar el pago en los siguientes conceptos:
a) Remuneraciones u honorarios superiores al estipulado para el Presidente de la República. Exceptúese de esta disposición a los funcionarios que prestan servicio en el exterior de la República.
b) Seguro Médico Privado y/o Medicina Prepaga para la máxima autoridad de los Organismos y Entidades del Estado (OEE) y para los miembros de sus órganos colegiados;
c) Provisión de combustibles para la máxima autoridad de los Organismos y Entidades del Estado (OEE) y para los miembros de órganos colegiados. Exceptúase su utilización para desplazamientos derivados de su función o cargo.
d) Prestación de servicio de telefonía celular exceptuando los corporativos institucionales para el personal que cumpla tareas externas de conformidad a la naturaleza de sus funciones.
e) Provisión de alimentos terminados, bebidas, arreglos florales, obsequios, tarjetas de felicitaciones y de invitación para recepciones o eventos. Se exceptúan los eventos de capacitación profesional del funcionariado, así como aquellos actos y eventos oficiales organizados por fiestas patrias, toma de posesión de mandos y actos protocolares de notoria relevancia, así como de recepción y agasajo a autoridades y delegaciones extranjeras y la alimentación básica del funcionario asignado a tareas esenciales de turnos corridos.
f) Publicidad estatal en medios masivos de comunicación y cualquier otra forma de expresión audiovisual. Exceptúase a los Organismos y Entidades del Estado (OEE) ante situaciones de emergencia nacional tales como epidemias, catástrofes naturales; para publicación de edictos; llamados a licitaciones y concursos de ofertas; para difusión de mensajes y campañas permanentes de sensibilización y concienciación, para temas vinculados a la salud pública, a la educación y defensa del Estado, como también las que correspondan a procesos electorales. Asimismo, aquellas campañas que promuevan el turismo o estén destinadas a promocionar productos o servicios de empresas del estado en el mercado local.
g) Publicidad, comunicación o cualquier otra forma de expresión audiovisual en la realización de obras públicas que contengan el nombre de las autoridades de ios Organismos y Entidades del Estado (OEE) que lo ejecuten.
h) Remuneraciones adicionales en concepto de cumplimiento del deber de asistencia al lugar de trabajo.