Artículo 5.° Actividades.
a) Promover entre sus socios, actividades mancomunadas para la generación de ingresos económicos, mediante la contratación con entidades públicas y privadas, industrias, empresas, profesionales y particulares.
b) Organizar departamentos técnicos y administrativos, para cada actividad que incorpore y servicio que preste.
c) Recibir de sus socios las aportaciones y/o depósitos en cuentas de Ahorro, a la Vista y a Plazo Fijo.
d) Ofrecer a sus socios, mercaderías para su uso personal doméstico, o para el de su actividad profesional u oficio.
e) Producir mediante la actividad personal de sus socios, toda clase de bienes y servicios, en establecimientos y con equipamientos propios o de terceros, para su oferta y venta en los mercados nacionales e internacionales.
f) Presentarse y concursar, en igualdad de condiciones con las demás personas jurídicas, en licitaciones nacionales e internacionales, convocadas por entidades públicas y/o privadas.
g) Prestar a sus socios, durante su existencia física y en su deceso, los distintos servicios emergentes de la solidaridad y actos cooperativos.
h) Estimular la unidad de sus socios, para elevar su nivel organizativo, económico, social y cultural, fundado en el espíritu de solidaridad y cooperación recíproca.
i) Fomentar la implementación de modernas tecnologías, que conduzcan al incremento de la producción y la productividad, así como la inserción dinámica en los mercados nacionales e internacionales.
j) Celebrar toda cíase de actos y contratos, con el objeto de iograr sus fines y objetivos.
k) Adquirir para sí o para distribuir entre sus socios, los equipos o implementos necesarios para el desarrollo de sus actividades.
l) Contratar créditos con entidades tanto privadas como públicas, o de cooperación internacional, a fin de facilitar el desarrollo de sus actividades cooperativas, o para suministrar préstamos a sus socios.
m) Promover y ejecutar todas aquellas iniciativas individuales o en sociedades, actos o contratos que propendan a mejorar el servicio y beneficio a los socios y sus familiares, sin que la presente enunciación resulte taxativa.