Art. 51.- Toda inscripción de nacimiento deberá contener además de los datos indicados en el Artículo 27:
a) el lugar, hora, día, mes y año de nacimiento;
b) el sexo y el nombre del recién nacido;
c) el nombre y apellido del padre, de la madre; o de ambos en su caso, identificados con sus respectivos documentos de identidad; y,
d) el nombre, apellido, estado civil, nacionalidad, domicilio y documento de identidad de los testigos, en su caso.