Art. 7°. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LO USUARIOS DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES.
Contiene en forma general, los principales derechos y obligaciones de los usuarios, los cuales se desarrollan de manera detallada a lo largo del presente reglamento.
7.1. Son derechos del usuario de servicios de telecomunicaciones:
7.1.1. Presentar reclamos ante el Operador ante la CONATEL.
7.1.2. Derecho a tener acceso a los servicios públicos de telecomunicaciones, bajo los principios de continuidad, igualdad, generalidad, neutralidad y transparencia.
7.1.3. Elegir libremente el proveedor, los equipos o aparatos necesarios para la prestación de los servicios, los servicios propiamente dichos, y el plan tarifario ofertado, de acuerdo a sus necesidades personales.
7.1.4. Recibir los servicios que ha contratado de manera continua, sin interrupciones que superen los límites establecidos en el presente reglamento, en el reglamento de dicho servicio y en su correspondiente reglamentación de calidad de servicio si las tuviere.
7.1.5. Tener fácil acceso a toda la información que necesite en relación con el ofrecimiento o prestación de los servicios, a las promociones u ofertas que tenga el operador en el mercado, tarifas, cobertura del servicio, entre otros. Toda esta información será suministrada de manera veraz, oportuna, Clara, transparente, precisa, completa y gratuita.
7.1.6. Conocer previamente las tarifas que le aplican a los servicios contratados y que no le sean cobrados IOS servicios sin su conformidad. Las tarifas deben ser previamente informadas y aceptadas, conforme a los reglamentos vigentes.
7.1.7. Mantener las mismas condiciones acordadas en el contrato, sin que éstas puedan ser modificadas de ninguna manera por parte de su operador sin la aceptación previa del abonado.
7.1.8. Estar bien informado en relación con sus derechos y las condiciones de prestación de los servicios.
7.1.9. Ser atendido por parte de su operador con agilidad, calidad, cuando así lo requiera, a través de las oficinas físicas de atención, oficinas virtuales y la línea de atención al usuario para reclamos del servicio, que cuando se trate de reclamos será siempre gratuita.
7.1.10. Presentar fácilmente y sin requisitos innecesarios peticiones, reclamos en las oficinas físicas, oficinas virtuales o líneas gratuitas de atención al usuario para reclamos del servicio y, además, a recibir atención integral y respuesta oportuna ante cualquier clase de solicitud que presente al operador.
7.1.11. Poder consultar en línea, a través de la página web del operador, el estado del trámite asociado a su reclamo, en tiempo y forma para obtener respuesta al mismo, según el caso.
7.1.12. Gozar de una protección en cuanto al manejo confidencial y privado de los datos personales que ha suministrado al operador, así como al derecho a que dichos datos no sean utilizados por el operador para fines distintos a los autorizados por el usuario.
7.1.13. Escoger si quiere contratar con cláusula de permanencia mínima o sin ella, para lo cual el operador deberá explicarle en forma muy sencilla, a qué se refiere la cláusula de permanencia mínima, cuando se pactan dichas cláusulas, en qué benefician al usuario y, además, qué ocurre si el usuario quiere terminar el contrato existiendo una cláusula de permanencia mínima.
7.1.14. Disponer de su contrato por el medio de su elección, esto es, papel o medio electrónico, para poderlo consultar en cualquier momento, para el correcto ejercicio de sus derechos. Para el caso de renovación automática el operador está obligado a proveer sin costo una copia por medio electrónico.
7.1.15. Terminar el contrato de prestación de servicios, en cualquier momento y por el mismo medio por el que se celebró el contrato o se activaron esos servicios, aun cuando exista una cláusula de permanencia mínima, caso en el cual deberá asumir los valores asociados a la terminación anticipada.
7.1.16. Recibir un trato respetuoso por parte de los operadores que le ofrecen o prestan servicios de telecomunicaciones, así como también el Ente Regulador.
7.1.17. Ser avisado por parte del operador de la posibilidad de ser reportado ante entidades de riesgos financieros por cargos relacionados a servicios de telecomunicaciones, para poder aceptar o defenderse de tal eventual reporte.
7.1.18. Recibir una constancia escrita de las solicitudes de servicios adicionales al que contrató inicialmente, la cual deberá entregárselo mediante un papel o a través del correo electrónico suministrado por el usuario, según su elección, a más tardar al siguiente periodo de facturación.
7.1.19. Usar con cualquier operador el equipo terminal de su elección, que ha adquirido legalmente, salvo que existan condiciones especiales asociadas a una cláusula de permanencia mínima. Lo anterior, siempre y cuando el equipo cumpla con los requisitos técnicos de homologación establecidos por la CONATEL.
7.1.20. Conocer claramente las reglas que aplican a los servicios que se prestan en forma empaquetada y sus derechos, especialmente, el derecho a presentar peticiones, denuncias o reclamos ante un único operador, cuando dos (2) o más prestan los servicios que forman parte del empaquetamiento.
7.1.21. Ser compensado cuando se presente y verifique la falta de disponibilidad de los servicios contratados, de acuerdo con lo dispuesto en el presente reglamento.
7.1.22. Estar plenamente informado de las reglas que aplican para la utilización del Roaming o Itinerancia Internacional, para que, al viajar fuera del país, pueda hacer uso de dicho servicio con total conocimiento de las tarifas que le aplican, así como a elegir el tiempo que desea tener activado dicho servicio.
7.1.23. Recibir oportunamente la factura de sus servicios, en forma detallada, a través del medio que haya elegido, esto es, papel o medio electrónico, para que cuente con el tiempo suficiente para pagarla.
7.1.24. Tener acceso gratuito a la información de sus consumos, a través de la página web del operador y a través de la línea gratuita de atención al usuario, en este último caso dentro de los limites previstos en el Art. 15°.
7.1.25. Disfrutar, bajo la modalidad de pre-pago, de sus saldos no consumidos, cuando adquiera una nueva tarjeta pre-paga o a través de mecanismos físicos, tecnológicos o electrónicos, o cuando encontrándose en un plan pre-pago el usuario se cambie a un plan bajo la modalidad de post-pago.
7.1.26. Tener acceso permanente y gratuito a las líneas de urgencia y/o emergencia.
7.1.27. Conocer las condiciones que aplican al uso de mensajes cortos de texto — SMS — y mensajes multimedia -MMS-, así como su derecho a ser incluido al servicio de envió de mensajes masivos comerciales y publicitarios, únicamente a petición del usuario o su representante debidamente autorizado.
7.1.28. Solicitar al operador del servicio no recibir los mensajes spam y mensajes basuras no solicitados.
7.1.29. Para casos de servicios de telefonía, los usuarios tienen derecho de realizar la portación de sus números, en observancia a las disposiciones previstas en el Reglamento de Portabilidad Numérica.
7.1.30. Derecho a la no suspensión del servicio, por parte de la operadora, mientras dure el proceso de reclamo, salvo que dicha suspensión se fundamente en causas ajenas y distintas a las situaciones, deudas o inconformidades sujetas al reclamo.
7.1.31. Cambiar en cualquier momento de operadora, según las condiciones y obligaciones a las que el usuario se ha obligado.
7.1.32. Derecho a recibir protección contra publicidad engañosa.
7.1.33. Derecho a elegir libremente los servicios que este requiera.
7.1.34. Derecho a una información adecuada que les permita hacer elecciones bien fundadas.
7.2. Son obligaciones del usuario de servicios telecomunicaciones, sin perjuicio de las que por vía general le imponen las normas y los contratos de prestación del servicio, no teniendo carácter limitativo, las siguientes:
7.2.1. Hacer uso adecuado de las redes, tiene o equipos terminales requeridos para la prestación de los servicios de telecomunicaciones, de acuerdo con lo pactado en el contrato de prestación de servicios y lo establecido en la normativa vigente.
7.2.2. Cumplir con todos sus compromisos contractuales, en especial, el pago oportuno de las facturas.
7.2.3. Hacer uso de la información suministrada por los proveedores para efectos de la correcta ejecución del contrato de prestación de servicios.
7.2.4. Abstenerse de efectuar llamadas a los servicios de urgencia y/o emergencia que no se adecuen al propósito de los mismos, frente a lo cual, en caso de incumplimiento, los proveedores de servicios de telecomunicaciones tomarán los recaudos necesarios conforme a las reglamentaciones correspondientes.
7.2.5. Abstenerse de hacer uso indebido de los servicios de telecomunicaciones o de hacer uso de los servicios para fines diferentes para los cuales fueron contratados, de acuerdo con lo establecido en el contrato, frente a lo cual, en caso de incumplimiento, los operadores de servicios de telecomunicaciones procederán a la terminación del contrato, garantizando en todo caso el derecho de defensa del usuario.
7.2.6. Informar al operador sobre cualquier interrupción, deficiencia o daño ocurrido en las instalaciones o infraestructura de las telecomunicaciones sobre los cuales tuviere conocimiento, y adoptar las acciones sugeridas por el proveedor con el fin de preservar la seguridad de la red y de las telecomunicaciones.
7.2.7. Cumplir con los procedimientos que diseñen las autoridades competentes en materia de recolección de los equipos terminales, dispositivos y todos los equipos necesarios para la prestación de los servicios de telecomunicaciones que se encuentren en desuso, con el objeto de preservar y proteger el medio ambiente.
7.2.8. Utilizar equipos homologados, cuando dicha homologación sea obligatoria de acuerdo con lo establecido por la CONATEL, o equipos que no requieran homologación pero que en todo caso no pongan en riesgo la seguridad de la red o la eficiente prestación del servicio.
7.2.9. No remover, obstruir, reparar, reformar, cambiar o alterar la instalación extrema, sin el consentimiento previo del operador.
7.2.10. No efectuar conexiones o instalaciones para obtener en forma fraudulenta el suministro del servicio.