MINISTERIO DE HACIENDA
Poder Ejecutivo
Resolución MH. N. 125.
POR LA CUAL SE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN, PROCEDIMIENTO DE COBRO Y EL PROCEDIMIENTO RECURSIVO CONTRA LAS MULTAS DIRECTAS ESTABLECIDAS EN LA LEY N 5895/2017, «QUE ESTABLECE REGLAS DE TRANSPARENCIA EN EL RÉGIMEN DE LAS SOCIEDADES CONSTITUIDAS POR ACCIONES».
Asunción, 18 de Febrero de 2019
VISTO; La Ley N° 5895/2017, «Que establece reglas de transparencia en el régimen de las sociedades constituidos por acciones»).
El Decreto N° 9043/2018. «Por el cual se reglamenta la Ley N° 5895/2017. "Que establece reglas de transparencia en el régimen de las sociedades constituidas por acciones y se establecen disposiciones en materia societaria'».
La Resolución AT N° 5/2018, «Por la cual se emiten disposiciones y se adoptan medidas administrativas para la transparencia en el régimen de las sociedades».
La Resolución M.H. N° 150/2018, «Por la cual se modifican los artículos po y 2o de la Resolución MH. 1 228 del 28 de junio de 2018, "Por la cual se suspende excepcionalmente, hasta el 31 de agosto de 2018, la aplicación de sanciones previstas en el Decreto 1 9043 del 12 de junio de 2018, 'Por el cual se reglamenta la Ley Vo 5895/2017, Que establece reglas de transparencia en el régimen de las sociedades constituidas por acciones y se establecen disposiciones en materia societaria", modificada por Resolución M.H. N° 15 del 27 de agosto de 2018).
La Resolución AT No 1/2019, «Por la cual se establece un calendario para iniciar la aplicación de las sanciones, multas y medidas no sancionatorias por las infracciones al incumplimiento de la Ley N° 5895/2017 y su Decreto Reglamentario N° 9043/2018, a partir del 18 de febrero de 2017» (Exp. M.H. N° 9741/2019): Y
CONSIDERANDO:
Que a tenor de lo dispuesto en el artículo 6o de la Ley N° 5895/2017, el Decreto N° 9043/2018 establece la descripción de los hechos y situaciones que son pasibles de sanciones, reglamentando en los articulos 11, 12, 13 y 14 las sanciones y medidas no sancionatorias aplicables a las infracciones por el incumplimiento de los mecanismos sobre transparencia, tendientes a asegurar la existencia de información adecuada, precisa y oportuna sobre el beneficiario final de las sociedades constituidas por acciones, así como el registro y control de las personas jurídicas operantes en el sistema societario nacional.
Que la Resolución M.H. N° 150/2018 dispone la suspensión, excepcionalmente hasta el 17 de febrero de 2019, de la aplicación de las sanciones, multas y medidas no sancionatorias previstas en la Ley N° 5895/2017, reglamentada por el Decreto N° 9043/2018.
Que la Resolución AT N° 1/2019 establece un calendario a partir del cual, según la terminación del RUC, en todos los procesos administrativos encarados por la Abogacía del Tesoro, se apliquen las sanciones, multas y medidas no sancionatorias por las infracciones al incumplimiento, de la Ley N° 5895/2017 y su Decreto Reglamentario N° 9043/2018.
Que en atención a la imposición de multas directas como sanción por infracciones a la Ley N° 589S/2017 y sus reglamentaciones, el Decreto Reglamentario N° 9043/2018 dispone en sus articulos 15 y 16 sobre el tratamiento de las multas y el procedimiento recursivo contra las mismas.
Que, para la determinación de la infracción, aplicación y cobro de la multa sancionada, así como para el procedimiento recursivo en contra de la misma, se establece supletoriamente el procedimiento de la Ley N° 125/1991, «Que establece el Nuevo Régimen Tributario».
Que, en la necesidad de ordenar y esquematizar el procesamiento de aplicación y cobro de las multas directas, así como el procedimiento recursivo respecto de las mismas.
POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones legales,
EL MINISTRO DE HACIENDA
RESUELVE: