Artículo 1°.- Modifícanse los Artículos 140, 175, y 188 de la Ley N° 1160 “CODIGO PENAL”, de fecha 26 de noviembre de 1997, modificado parcialmente por la Ley N° 3440 del 16 de julio de 2008 y amplíase el Código Penal, introduciendo en la misma los Artículos 146 b, 146 c, 146 d, 174 b, 175 b, y 248
… b, los cuales quedan redactados de la siguiente manera: