DECRETO Nº 6.567
POR EL CUAL SE DISPONEN MEDIDAS ADMINISTRATIVAS PARA LA EMISIÓN DE BONOS DEL TESORO PÚBLICO.
Asunción, 07 de enero de 2022
VISTO: La presentación realizada por el Ministerio de Hacienda, expediente M. H. N° 142.241/2021, en la cual se solicita la reglamentación de la emisión de Bonos del Tesoro Público durante el Ejercicio Fiscal 2022.
La Constitución de la República del Paraguay.
La Ley N.° 109/1991, «Que aprueba con modificaciones el Decreto-Ley N.° 15 de fecha 8 de marzo de 1990. “Que establece las funciones y Estructura Orgánica del Ministerio de Hacienda”». modificada y ampliada por Ley N.º 4394/2011.
La Ley N.° 1535/1999, «De Administración Financiera del Estado», sus modificaciones y reglamentaciones vigentes.
La Ley N.° 5097/2013, «Que dispone medidas de modernización de la Administración Financiera del Estado y establece el régimen de Cuenta Unica y de los Títulos de Deuda del Tesoro Público».
El Decreto N.° 268/2013, «Por el cual se conforman el equipo consultivo interinstitucional y el Comité de Colocación de Bonos, y se reglamenta el proceso de emisión, negociación, colocación, mantenimiento en circulación, rescate y rescate anticipado de los Bonos de la Tesorería General».
El Decreto N.° 3195/2015, «Por el cual se amplía el Decreto N.º 268/2013, “Por el cual se conforman el equipo consultivo interinstitucional y el Comité de Colocación de Bonos, y se reglamenta el proceso de emisión, negociación, colocación, mantenimiento en circulación, rescate y rescate anticipado de los Bonos de la Tesorería General”, y se disponen medidas para la negociabilidad de los Bonos del Tesoro Público en el mercado secundario».
La Ley N.° 6638/2020, «Que modifica y amplía la Ley N.° 5.097/2013 “Que dispone medidas de modernización de la Administración Financiera del Estado y establece el Régimen de Cuenta Única y de los Títulos de Deuda del Tesoro Público ”, y establece disposiciones legales complementarias para la Administración de la Deuda Pública».
La Ley N.° 6873/2022, «Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2022»; y
CONSIDERANDO: Que el artículo 238, numeral 3), de la Constitución faculta a quien ejerce la Presidencia de la República a disponer la reglamentación y control del cumplimiento de las normas jurídicas.
Que el artículo 11 de la Ley N.° 5097/2013, establece: «Los Títulos de Deuda del Tesoro Público deberán ser emitidos, previa autorización por la Ley del Presupuesto General de la Nación...». Asimismo, el artículo 12 de la misma ley, dispone: «El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, podrá emitir, negociar, colocar, mantener en circulación y rescatar los Títulos de Deuda del Tesoro Público...».
Que la presente reglamentación permitirá contar con normas y procedimientos generales requeridos para la realización de todos los procesos tendientes a la emisión de Bonos del Tesoro Público por el Ministerio de Hacienda, en el marco de las Leyes N°s. 5097/2013 y 6638/2020, del Presupuesto General de la Nación y de las respectivas leyes especiales que autoricen la emisión de Bonos del Tesoro Público.
Que el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, está expresamente autorizado a efectuar operaciones de administración de la deuda pública, conforme al artículo 1º de la Ley N.° 6638/2020, que modifica y amplía el artículo 18 de la Ley N.° 5097/2013. Asimismo, conforme al artículo mencionado, y para los fines del mismo, el Poder Ejecutivo está expresamente autorizado a emitir nuevos Títulos de Deuda del Tesoro Público sin requerir para su emisión la previa autorización por Ley del Presupuesto General de la Nación.
Que la Abogacía del Tesoro del Ministerio de Hacienda se ha expedido en los términos del Dictamen N.° 1096 de fecha 23 de diciembre de 2021.
POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY
DECRETA: