RESOLUCIÓN GENERAL Nº 72
POR LA CUAL SE DESIGNAN A CONTRIBUYENTES COMO AGENTES DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA)
Asunción, 18 de noviembre de 2020.
VISTO:
El Libro V de la Ley N° 125/1991 «Que establece el Nuevo Régimen Tributario», y sus modificaciones;
La Ley N° 6380/2019 «De Modernización y Simplificación del Sistema Tributario Nacional»;
El Decreto N° 3107/2019 «Por el cual se reglamenta el Impuesto al Valor Agregado (IVA) establecido en la Ley N° 6380/2019 «De Modernización y Simplificación del Sistema Tributario Nacional»;
La Resolución General N° 48/2014 «Por la cual se reglamenta el Sistema Integrado de Recopilación de Información “Hechauka”»;
La Resolución General N° 100/2016 «Por la cual se disponen nuevas facilidades para el cumplimiento de las obligaciones relacionadas a las retenciones de impuestos»;
La Resolución General N° 39/2020 «Por la cual se reglamenta el Decreto N° 3.107/2019 “Por el cual se reglamenta el Impuesto al Valor Agregado (IVA) establecido en la Ley N° 6380/2019 «De Modernización y Simplificación del Sistema Tributario Nacional”»;
CONSIDERANDO:
Que la retención de impuestos se implementa para garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes, y permitir que el Estado obtenga recursos financieros de forma anticipada para el logro de sus fines.
Que en ese sentido, el artículo 240 de la Ley N° 125/1991 establece la posibilidad de designar agentes de retención a sujetos que por sus actividades intervengan en operaciones en las cuales sea pertinente la retención del impuesto, facultando además a la Administración Tributaria a reglamentar la forma y condiciones de la retención.
Que la Subsecretaría de Estado de Tributación cuenta con facultades suficientes para dictar normas de carácter general con miras a mejorar la administración, percepción y control de los tributos.
Que la Dirección de Planificación y Técnica Tributaria se ha expedido en los términos del Dictamen DEINT/PN N° 73 del 16 de noviembre de 2020.
POR TANTO,
EL VICEMINISTRO DE TRIBUTACIÓN
RESUELVE: