Art. 80°:
Las señales de tránsito: Usos
Las señales de tránsito serán utilizadas de acuerdo a las características, diseños, formas y colores que se describen en la presente ordenanza y en las Normas Paraguayas vigentes. A los efectos de una interpretación uniforme, se establecen los lados superior e izquierdo de las señales para orientar el sentido de avance de personas, vehículos, maquinarias, animales y sentidos de circulación, representadas mediante diseño correspondiente, salvo casos excepcionales.
La vía pública será señalizada y demarcada con un sistema de señales de tránsito acorde a los Convenios Internacionales vigentes sobre la materia, como también conforme a las Normas Paraguayas NP 64 001 17, NP 65 002 21, NP 64 003 21; NP 64 004 22 y también
se adecuará a las normas que regulen la materia en la medida que sean dictadas y entren en vigencia.
De acuerdo con la función que cumplen, las señales verticales se clasifican en señales preventivas, señales reglamentarias y señales informativas.
a. Señales Reglamentarias: Son las que tienen por objeto indicar las obligaciones, limitaciones o prohibiciones, cuyas violaciones constituyen faltas. Poseen, en general, forma circular y sus colores reglamentarios son el rojo, el blanco y el negro. Se permitirán otras formas y colores para casos excepcionales.
Conformación física: Consiste en una placa circular, cuadrada, rectangular o según correspond4 cuyas dimensiones deben poseer un diámetro especificado en la Tabla I de la NP 64 001 17, debiendo emplear las de mayor tamaño para aquellas vías de tránsito rápido o de alto volumen vehicular.
Puede utilizarse un rectángulo con su lado menor horizontal, de color blanco con la señal en la parte superior y una leyenda aclaratoria debajo.
Aquellas señales de corte circular no deben utilizar los recuadros de color negro ilustrados para los cortes cuadrados y rectangulares en esta ordenanza y la Norma Paraguaya NP 64 00221y sus modificaciones o actualizaciones posteriores.
Significado: Trasmiten órdenes específicas de cumplimiento obligatorio en el lugar para el cual están destinadas creando excepciones a las reglas generales de circulación.
Su trasgresión constituye infracción a las normas de tránsito y acarrea las sanciones previstas en esta ordenanza.
Ubicación: Las señales se colocan en un soporte rígido afirmado fuera de la calzada o sobre la pared frentista. También podrán utilizarse otros elementos de la infraestructura vial. Debe estar a una distancia del objeto al que hace referencia, de modo que, al ser vista por el conductor de cualquier vehículo pueda detenerse antes del mismo (aunque la detención no sea necesaria para superarlo).
En arterias urbanas se coloca en general a la altura del objeto y a no más de quince metros (15 m), del mismo. Cuando se utilizan en zonas rurales, las distancias de ubicación y el tamaño son las correspondientes a la señalización para este tipo de zona. En el caso que sean aéreas, se colocan utilizando pórticos y columnas.
Colores: Fondo color blanco con pictograma negro y rodeado con una orla de color rojo. Puede llevar una leyenda aclaratoria debajo:
1. "PARE"
(*IMAGEN*) Indica detención total del vehículo. Todo conductor que enfrente esta señal debe parar la marcha del vehículo ante la línea de detención demarcada sobre el pavimento, de manera a no invadir el cruce peatonal, a fin de ceder el paso a peatones y conductores que estén circulando por la otra vía. De no existir demarcación sobre la calzada, se tomará como referencia para la detención, la línea trasversal de edificación de inmuebles más próxima. Podrá reanudar la marcha únicamente cuando se asegure de eliminar toda posibilidad de accidente (Su inobservancia constituye falta gravísima).
2. "CEDA EL PASO"
(*IMAGEN*) Indica la obligación de disminuir la velocidad y, de ser necesario, detenerse por completo, a fin de permitir el paso de peatones y conductores que estén circulando por la otra vía. Todo conductor que enfrente esta señal deberá primeramente asegurarse de eliminar toda posibilidad de accidente, antes de proseguir la marcha. (Su inobservancia constituye falta gravísima).
3. "GIRE A LA IZQUIERDA" y "GIRE A LA DERECHA"
(*IMAGEN*) Indica obligación de continuar la marcha en el sentido señalado. Todo conductor que enfrente una de estas señales, deberá realizar maniobra de giro para proseguir únicamente en la dirección demostrada. (Su inobservancia constituye falta grave).
4. "SIGA DE FRENTE O GIRE A LA IZQUIERDA" Y "SIGA DE FRENTE O GIRE A LA DERECHA"
(*IMAGEN*) Indica obligación de continuar la marcha en uno de los sentidos señalados. Todo conductor que enfrente una de estas señales, deberá seguir de frente o girar en la dirección demostrada. (Su inobservancia constituye falta grave).
5. "SIGA DE FRENTE, GIRE A LA IZQUIERDA O GIRE A LA DERECHA"
(*IMAGEN*) Indica obligación de continuar la marcha en uno de los sentidos señalados. Todo conductor que enfrente esta señal, deberá seguir de frente o girar en una de las direcciones demostradas. (Su inobservancia constituye falta grave).
6. "GIRE A LA IZQUIERDA O A LA DERECHA"
(*IMAGEN*) Indica obligación de continuar la marcha en uno de los sentidos señalados. Todo conductor que enfrente esta señal, deberá realizar maniobra de giro para proseguir la marcha hacia una de las direcciones demostradas. (Su inobservancia constituye falta grave).
7. "GIRO EN 'U' O "RETORNO PERMITIDO"
(*IMAGEN*) Indica permisión de realizar maniobra de giro en 'U' o retomo. Todo conductor que enfrente esta señal está autorizado a realizar tal maniobra, pero no goza de preferencia, por lo tanto, deberá hacerlo con extremo cuidado y cediendo el paso a peatones y vehículos que se encuentren utilizando la vía pública. (Su inobservancia constituye falta grave).
8. "SIGA DE FRENTE"
(*IMAGEN*) Indica obligación de continuar la marcha en el sentido señalado. Todo conductor que enfrente esta señal, deberá proseguir la marcha hacia adelante. (Su inobservancia constituye falta grave).
9. "SENTIDO OBLIGATORIO"
(*IMAGEN*) Indica obligación de circular en el sentido señalado. Todo conductor que enfrente esta señal, deberá proseguir la marcha en la dirección indicada' (Su inobservancia constituye falta gravísima).
10. "CIRCULACIÓN OBLIGATORIA"
(*IMAGEN*) Indica obligación de circular por el carril señalado. Todo conductor que enfrente esta señal, deberá proseguir la marcha dentro del carril indicado'
(Su inobservancia constituye falta grave).
11. "SENTIDO DOBLE"
(*IMAGEN*) Indica el inicio de un tramo en donde el tránsito circula en sentidos opuestos. Todo conductor que enfrente esta señal deberá circular por la mitad derecha de la calzada' (Su inobservancia constituye falta grave).
12. "PROHIBIDO GIRAR A LA IZQUIERDA" y "PROHIBIDO GIRAR A LA DERECHA"
(*IMAGEN*) Indica restricción de maniobra de giro en una intersección. Todo conductor que enfrente esta señal deberá abstenerse de realizar la maniobra indicada por la flecha. (Su inobservancia constituye falta grave)
13. "PROHIBIDO SEGUIR DE FRENTE"
(*IMAGEN*) Indica restricción de avance hacia adelante. Todo conductor que enfrente esta señal deberá rea¡zar maniobra de giro para evitar seguir de frente. (Su inobservancia constituye falta gravísima).
14. "PROHIBIDO GIRAR EN 'U' O RETORNAR"
(*IMAGEN*) Indica restricción de maniobra de retomo. Todo conductor que enfrente esta señal deberá abstenerse de realizar tal maniobra, continuando la marcha en el sentido reglamentario. (Su inobservancia constituye falta gravísima).
15. "PROHIBIDO CAMBIAR DE CARRIL»
(*IMAGEN*) Indica restricción de maniobra de desplazamiento hacia otro carril. Todo conductor que enfrente esta señal deberá continuar la marcha en el mismo carril Por el que se esté desplazando. (Su inobservancia constituye falta grave).
16. "CONTRAMANO"
(*IMAGEN*) Indica que el tránsito de una vía se desarrolla únicamente en sentido opuesto. Todo conductor que enfrente esta señal deberá abstenerse de ingresar a dicha vía, para no contravenir el sentido reglamentario de la misma. (Su inobservancia constituye falta gravísima).
I7. "ESTACIONAMTENTO PERMITIDO"
(*IMAGEN*) Indica permisión de estacionar sobre una determinada vía. Todo conductor que enfrente esta señal podrá estacionar su vehículo, de acuerdo a las normas de estacionamiento previstas en el presente reglamento.
18. "PROHIBIDO ESTACIONAR"
(*IMAGEN*) Indica restricción de estacionar sobre una determinada vía. Todo conductor que enfrente esta señal deberá abstenerse de estacionar su vehículo en la cuadra y del lado donde se encuentre la misma. (Su inobservancia constituye falta grave).
19. "PROHIBIDO ESTACIONAR Y DETENERSE"
(*IMAGEN*) Indica restricción de estacionar y detenerse sobre una determinada vía. Todo conductor que enfrente esta señal deberá indefectiblemente continuar la marcha, salvo caso de emergencia o peligro inminente. (Su inobservancia constituye falta grave).
20. "ESTACIONAMIENTO REGLAMENTADO POR HORARIO"
(*IMAGEN*) Indica que el estacionamiento está reglamentado según horarios, en una determinada vía. Todo conductor que enfrente esta señal deberá ceñirse a la indicación respectiva, para estacionar o abstenerse de hacerlo. (Su inobservancia constituye falta grave).
21. "PROHIBIDO ADELANTAR"
(*IMAGEN*) Indica restricción de maniobra de adelantamiento. Todo conductor que enfrente esta señal deberá abstenerse de realizar tal maniobra, en la zona por donde se encuentre circulando. (Su inobservancia constituye falta gravísima).
22. "PROHIBIDA LA CIRCULACIÓN DE CAMIONES"
(*IMAGEN*) Indica restricción de circulación de vehículos de transporte pesado por una determinada vía. Todo conductor de este tipo de vehículo que enfrente esta señal deberá abstenerse de ingresar a dicha vía o circular por la misma. (Su inobservancia constituye falta grave).
23. "PROHIBIDO EL PASO DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES"
(*IMAGEN*) Indica restricción de circulación de vehículos automotores por una determinada vía o espacio público. Todo conductor de este tipo de vehículo que enfrente esta señal deberá abstenerse de circular por dicha vía o área. (su inobservancia constituye falta grave).
24. "PROHIBIDO EL PASO DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN ANIMAL"
(*IMAGEN*) Indica restricción de circulación de vehículos tirados por animales, por una determinada via. Todo conductor de este tipo de vehículo que enfrente esta señal deberá abstenerse de circular por dicha vía. (su inobservancia constituye falta grave).
25. "PROHIBIDO EL PASO DE BICICLETAS"
(*IMAGEN*) Indica restricción de circulación de bicicletas y similares por una determinada vía o espacio público. El ciclista que enfrente esta señal deberá abstenerse de circular por dicha vía o area. (Su inobservancia constituye falta grave)'
26. "PROHIBIDO EL PASO DE MAQUINARIAS AGRÍCOLAS"
(*IMAGEN*) Indica restricción de circulación de maquinarias agrícolas por una determinada vía. Todo conductor u operador que enfrente esta señal deberá abstenerse de circular por dicha vía. (Su inobservancia constituye falta grave).
27. «PESO MÁXIMO PERMITIDO"
(*IMAGEN*) Indica limitación de peso por vehículo, expresada en toneladas. Todo conductor que enfrente esta señal deberá asegurarse de que el peso bruto del vehículo que conduce no sobrepase el valor indicado por la señal, antes de proseguir la marcha. El valor numérico podrá variar según criterio de la Intendencia para cada caso en particular. (Su inobservancia constituye falta grave).
28. "PESO MÁXIMO PERMITIDO POR EJE"
(*IMAGEN*) Indica limitación de peso por eje de vehículo, expresado en toneladas. Todo conductor que enfrente esta señal deberá asegurarse de que el peso de cada eje del vehículo que conduce no sobrepase el valor indicado por la señal, antes de proseguir la marcha. El valor numérico podrá variar según criterio de la Intendencia para cada caso en falta grave).
29."ALTURA MÁXIMA PERMITIDA"
(*IMAGEN*) Indica limitación de altura de vehículos, expresada en metros' Todo conductor que enfrente esta señal deberá asegurarse de que la altura máxima del vehículo que conduce no sobrepase el valor indicado por la señal, antes de proseguir la marcha' El valor numérico podrá variar según criterio de la Intendencia para cada caso en particular. (Su inobservancia constituye falta grave)'
30. "ANCHO MÁXIMO PERMITIDO"
(*IMAGEN*) Indica limitación del ancho de vehículos, expresado en metros. Todo conductor que enfrente esta señal deberá asegurarse de que el ancho máximo del vehículo que conduce no sobrepase el valor indicado por la señal, antes de proseguir la marcha- El valor numérico podrá variar según criterio de la Intendencia para cada caso en particular. (Su inobservancia constituye falta grave)'
31. "LONGITUD MÁXIMA PERMITIDA"
(*IMAGEN*) Indica limitación de la longitud de vehículos, expresada en metros. Todo conductor que enfrente esta señal deberá asegurarse de que el largo máximo del vehículo que conduce no sobrepase el valor indicado por la señal, antes de proseguir la marcha. El valor numérico podrá variar según criterio de la Intendencia para cada caso en particular. (Su inobservancia constituye falta grave).
32. "VELOCIDAD MÁXIMA PERMITIDA"
(*IMAGEN*) Indica limitación de velocidad de desplazamiento de vehículos, expresada en kilómetros por hora. Todo conductor que enfrente esta señal deberá asegurarse durante la marcha de no sobrepasar el valor indicado por la señal. El valor numérico podrá variar según criterio de la Intendencia para cada caso en particular. (Su inobservancia constituye falta gravísima)'
33. "VELOCIDAD MÁXIMA PERMITIDA"
(*IMAGEN*) Indica limitación de velocidad de desplazamiento de vehículos, expresada en kilómetros por hora. Todo conductor que enfrente esta señal deberá asegurarse durante la marcha de no sobrepasar el valor indicado por la señal. El valor numérico podrá variar según criterio de la Intendencia para cada caso en particular. (Su inobservancia constituye falta gravísima).
34. "PARADA OBLIGATORIA DE TRANSPORTE COLECTIVO"
(*IMAGEN*) Indica obligación de detención para ómnibus del transporte público. Todo conductor de este tipo de vehículo que enfrente esta señal deberá detener la marcha junto al cordón, para permitir el ascenso y descenso de pasajeros. (Su inobservancia constituye falta gravísima).
35. "PROHIBIDO EL ASCENSO Y DESCENSO DE PASAJEROS"
(*IMAGEN*) Indica restricción de ascenso y descenso de usuarios del transporte colectivo, en un determinado lugar. Todo conductor de este tipo de vehículo que enfrente esta señal deberá proseguir la marcha, aun cuando se le haya solicitado un detenimiento desde ei interior o exterior del vehículo. Si el vehículo quedara detenido en dicho lugar por otras circunstancias, el conductor deberá asegurarse de mantener ambas puertas cerradas, de modo a no permitir el ascenso y descenso de pasajeros. (Su inobservancia constituye falta gravísima).
36. "PROHIBIDO EL USO DE BOCINAS"
(*IMAGEN*) Indica restricción del uso de bocina o cualquier otro artefacto sonoro de naturaleza similar, en una determinada vía o espacio público. Todo conductor que enfrente esta señal deberá abstenerse de producir señales acústicas, al circular por dicho lugar. (Su inobservancia constituye falta grave).
37. "CONSERVE SU DERECHA"
(*IMAGEN*) Indica obligación de circular por la derecha. Todo conductor que enfrente esta señal deberá circular por la mitad derecha de la calzada o por el carril que se encuentre más a la derecha, en caso de que la via esté dividida en varios carriles. (Su inobservancia constituye falta grave).
38. "TRÁNSITO PESADO POR LA DERECHA"
(*IMAGEN*) Indica obligación para camiones de circular por la derecha. Todo conductor de este tipo de vehículo que enfrente esta señal deberá circular por el carril que se encuentre mas a la derecha. (Su inobservancia constituye falta grave).
39. "USO OBLIGATORIO DE CADENAS"
(*IMAGEN*) Indica obligación de uso de cadenas a través de la banda de rodamiento de las ruedas neumáticas, por una determinada vía. Todo conductor que enfrente esta señal deberá asegurarse de contar con este tipo de accesorios antes de ingresar a dicha vía. (Su inobservancia constituye falta grave).
40. "PUESTO DE CONTROL" y "PUESTO DE PEAJE»
(*IMAGEN*) Indican la existencia de un puesto de control o peaje, en una vía determinada. Todo conductor que enfrente esta señal deberá
detener su vehículo al llegar al puesto, a los efectos que correspondieren en cada caso. (Su inobservancia constituye falta grave).
41. *PEATONES POR LA IZQUIERDA» Y "PEATONES POR LA DERECHA"
(*IMAGEN*) Indica obligación para los peatones de circular por el lado señalado, de una vía determinada. El peatón que enfrente una de estas señales deberá circular ajustándose a la indicación respectiva, mientras que los conductores deberán extremar la precaución hacia el lado señalado. (Su inobservancia constituye falta grave).
42. "PROHIBIDO EL PASO DE PEATONES"
(*IMAGEN*) Indica restricción de la circulación peatonal por una vía o espacio público determinado. El peatón que enfrente esta señal deberá abstenerse de circular por dicha vía. (Su inobservancia constituye falta grave).
43. "NO BLOQUEE LA BOCACALLE"
(*IMAGEN*) Indica obligación de mantener despejada la bocacalle. Todo conductor que enfente esta señal deberá primeramente asegurarse de contar con suficiente espacio libre después de la bocacalle, para luego Continuar la marcha, de manera a no obstruir la circulación vehicular de la calle trasversal. (Su inobservancia constituye falta grave).
44. "TRÁNSITO PROHIBIDO"
(*IMAGEN*) Indica prohibición de circulación de todo tipo de vehículo o maquinaria, por una determinada vía o espacio público. Todo conductor que enfrente esta señal deberá abstenerse de circular por dicho lugar, sin importar la naturaleza del vehículo que esté manejando. (Su inobservancia constituye falta grave).
45. INDICA LA VELOCIDAD MÁXIMA DE CIRCULACIÓN DE BICICLETA
(*IMAGEN*) Indica circulación con bicicleta.
b. Señales Preventivas: Son las que tienen por objeto advertir variaciones de la vía condiciones de riesgo o peligro permanentes, de cualquier naturaleza. Toda persona que utilice la vía pública deberá tomar los recaudos necesarios en función del tipo de peligro advertido, de manera a evitar accidentes. Estarán instaladas a una distancia prudencial de la situación advertida, de modo a permitir que los usuarios de la vía tomen las debidas precauciones, antes de ingresar ala zona de riesgo. Poseen forma de rombo y sus colores reglamentarios son el amarillo y el negro, salvo casos excepcionales.
Conformación física: La placa es siempre rígida, con las variantes que se dan a continuación y el símbolo utilizado es negro, salvo los casos especiales que se indican:
. señal genérica.
. cuadrado colocado con una diagonal en vertical, de entre 0,6 m y l,2m de lado, de color amarillo con una línea negra perimetral.
. señal de máximo peligro triángulo equilátero, de 0,6 m a 1,2 m de lado, con la base hacia abajo, de color blanco con una orla roja.
. señales especiales tiene formas variadas y con la cn¡z de San Andrés, los paneles de aproximación o delineadores y las fechas direccionales.
Significado: advierten la proximidad de una circunstancia o variación de la normalidad de la-vía que puede resultar sorpresiva o peligrosa a la circulación. No imparten directivas, pero ante una advertencia se debe adoptar una actitud o conducta adecuada.
Ubicación: la señal deberá ser colocada antes del riesgo a prevenir según lo especificado en esta ordenanza y en la NP 64 002 21 en concordancia con la NP 64 001 17 .
Colores: los colores utilizados en estas señales son, en general, fondo amarillo con vivos negros. Las excepciones a esta regla son:
* semáforo (amarillo, negro, rojo y verde)
* prevención de pare (amarillo, negro, rojo, blanco)
* prevención de ceda el paso (amarillo, negro, rojo y blanco)
*zona escolar (fluorescente amarillo - verde y negro)
1. "CURVA PELIGROSA"
(*IMAGEN*) Se utiliza para advertir a los conductores la proximidad de una curva peligrosa en la dirección de la flecha.
2. "CURVA PRONUNCIADA"
(*IMAGEN*) Se utiliza para advertir a los conductores la proximidad de una curva pronunciada en la dirección de la flecha.
3. "CURVA Y CONTRA CURVA"
(*IMAGEN*) Advierte la proximidad de un tramo con dos (2) curvas en sentido contrario separadas por una tangente de longitud inferior. A la izquierda y a la derecha, respectivamente.
4. "CAMINO SINUOSO"
(*IMAGEN*) Se utiliza para advertir la proximidad de tres (3) o más curvas sucesivas de sentidos opuestos. A la izquierda y a la derecha, respectivamente.
5. "CURVA EN U»
(*IMAGEN*) Se utiliza para advertir la proximidad de una curva cerrada de aproximadamente 180° en la vía. A la izquierda Y a la derecha, respectivamente.
6. "CURVA EN "S"
(*IMAGEN*) Se utiliza para advertir la proximidad de un tramo con dos (2) curvas pronunciadas de sentido contrario separadas por una tangente de longitud menor a 80 m. A la izquierda y a la derecha respectivamente.
7. "INTERSECCIÓN DE VÍAS"
(*IMAGEN*) Indica intersección a nivel de vías de circulación, con las siguientes características: Intersección de caminos:
l) De misma categoría, cuando los travesaños son iguales.
2) Diferentes categorías, según la diferencia de espesor que tengan
8. "BIFURCACIÓN DE LA VÍA"
(*IMAGEN*) Indica empalme con vías de circulación no canalizada. En forma de "T" y de "Y", respectivamente.
9. "BIFURCACIÓN DE LA VÍA"
(*IMAGEN*) Indica al usuario de una vía principal de la existencia de una bifurcación oblicua a nivel, con una vía secundaria a la derecha o la izquierda.
10. "VÍA LATERAL"
(*IMAGEN*) Indica empalme de vías de circulación, con las siguientes características: 2 Empalmes o vías laterales: De similar o distinta importancia, perpendicular, sucesivas o ro, según sea el espesor, ángulo y ubicación de las transversales.
11. "INCORPORACIÓN AL TRÁNSITO"
(*IMAGEN*) Advierte la proximidad de una confluencia de izquierda o de derecha por donde se incorpora una corriente de tránsito en el mismo sentido.
12. "ROTONDA'
(*IMAGEN*) Proximidad de una intersección tipo rotonda. Se circula por ella dejando la parte central (no necesariamente redonda) a la izquierda. La prioridad de paso es para los vehículos que circulan en la rotonda.
13. "SUPERFICIE IRREGULAR"
(*IMAGEN*) Advierte que la superficie de la calzada tiene irregularidades que pueden provocar modificaciones en las condiciones normales de marcha.
14. "LOMADA O RESALTO"
(*IMAGEN*) Advierte que la superficie de la calzada tiene una lomada o resalto de un reductor de velocidad en la superficie de la calzada.
15. "BADÉN O DEPRESIÓN EN LA CALZADA"
(*IMAGEN*) Advierte que la superficie de la calzada presenta una irregularidad física cóncava que puede provocar modificaciones en las condiciones normales de marcha.
16. "REDUCCIÓN ASIMÉTRICA DE LA CALZADA"
(*IMAGEN*) Indica que la vía se estrecha más adelante, en forma asimétrica, según lo indique la figura a la izquierda o a la derecha, respectivamente.
17. "REDUCCIÓN SIMÉTRICA DE L, CALZADA"
(*IMAGEN*) Advierte que la vía se estrecha más adelante en forma simétrica, conservando el mismo eje.
18. "ENSANCHE SIMÉTRICO DE LA, CALZADA"
(*IMAGEN*) Advierte que la vía se ensancha más adelante en forma simétrica, conservando el mismo eje.
19. "ENSANCHE ASIMÉTRICO DE LA CALZADA"
(*IMAGEN*) Indica que la vía se ensancha más adelante, en forma asimétrica, según lo indique la figura, con un desplazamiento del eje hacia el lado del ensanchamiento, a la izquierda o a la derecha, respectivamente.
20. "PUENTE ANGOSTO"
(*IMAGEN*) Presencia sobre Ia calzada de un puente, alcantarilla u obra de características similares de menor ancho que el resto de la vía.
21. "PESO MÁXIMO TOTAL PERMITIDO"
(*IMAGEN*) Se utilizará para advertir la proximidad de una estructura con límite de peso permitido para el vehículo.
22. "CIRCULACIÓN EN DOS SENTIDOS"
(*IMAGEN*) Indica al conductor que transita por una vía unidireccional que se aproxima a un tramo de la vía en el cual la circulación es bidireccional.
23. "ZONA DE DERRUMBE'
(*IMAGEN*) Indica que, de la elevación próxima a la ruta, aunque no tenga la inclinación del dibujo, pueden desprenderse rocas o partes que caen o sobre la calzada. Los derrumbes pueden provenir de ambos costados o de uno solo.
24. "INICIO DE SEPARADOR"
(*IMAGEN*) Indica la división física de la via, conservando los sentidos de circulación indicados en la señal.
25. "FIN DE VÍA CON SEPARADOR"
(*IMAGEN*) Indica la finalización del separador físico víal, conservando los sentidos de circulación indicados en la señal.
26. "ALTURA MAXIMA PERMITIDA"
(*IMAGEN*) Advierte la proximidad de una estructura elevada, túnel, paso a desnivel u otra y el límite de altura permitido para el vehículo.
27. "ANCHO MÁXIMO PERMITIDO'
(*IMAGEN*) Advierte la proximidad de una restricción de ancho que puede afectar a ciertos vehículos. Utilizada generalmente para el pasaje por puentes, viaductos, túneles, alcantarillas u otras que signifiquen una limitación del ancho de la vía.
28. "FIN DEL PAVIMENTO"
(*IMAGEN*) Fin del pavimento, seguido posteriormente por camino empedrado y/o de tierra.
29. "BIFURCACION ESCALONADA"
(*IMAGEN*) Advierte la proximidad de empalmes o rutas secundarias que no están alineadas, con un desfase menor de 30 m entre ellas. A la izquierda y a la derecha, respectivamente.
30. "PROYECCIÓN DE GRAVILLAS"
(*IMAGEN*) Advierte al conductor proximidad a un tramo de la vía en el cual el material superficial está suelto o existen piedras sobre la calzada, que podrían ser proyectadas por el paso del vehículo.
31. "PENDIENTE FUERTE DE BAJADA O PENDIENTE PELIGROSA'
(*IMAGEN*) Advierte la proximidad de una pendiente pronunciada de bajada.
32. «PENDIENTE FUERTE DE SUBIDA O CONTRAPENDIENTE PELIGROSA"
(*IMAGEN*) Advierte la proximidad de una pendiente pronunciada de subida.
33. "TÚNEL"
(*IMAGEN*) Advierte la proximidad de un túnel donde no es permitido adelantar a otro vehículo.
34. "CRUCE FERROVIARIO A NIVEL SIN BARRERAS"
(*IMAGEN*) Advierte la proximidad de un cruce ferroviario a nivel, en explotación, no provisto de barreras.
35. "PASO FERROVIARIO A NIVEL O CRUZ DE SAN ANDRÉS"
(*IMAGEN*) Indica para cada acceso, el lugar donde se ubica el cruce con la via férrea.
36. "MAQUINARIA AGRÍCOLA EN LA VÍA"
(*IMAGEN*) Indica para cada acceso, el lugar donde se ubica eI cruce con la vía ferrea.
37. "PEATONES EN LA VIA"
(*IMAGEN*) Indica la proximidad a lugares frecuentados por peatones que caminan sobre la calzada o la cruzan a nivel en un sitio determinado.
38. "CICLISTAS"
(*IMAGEN*) Advierte a los conductores la proximidad de un tramo de via utilizado frecuentemente por ciclistas.
39. "ZONA ESCOLAR"
(*IMAGEN*) Advierte la posible presencia de escolares en la via.
40. "ANIMALES EN LA VIA"
(*IMAGEN*) Advierte al conductor la posibilidad de tránsito de animales de crianza sobre la vía.
41. «CALZADA RESBALADIZA"
(*IMAGEN*) Presencia de calzada que puede tornarse resbaladiza, por defecto de superficie o presencia de elementos extraños (agua, aceites, polvo).
42. "NIÑOS JUGANDO"
(*IMAGEN*) Advierte la posible presencia de niños jugando en la vía o en sus proximidades.
43. "ZONA URBANA"
(*IMAGEN*) Advierte la proximidad de ingreso a una zona urbana.
44. «RIESGO DE ACCIDENTE O PELIGRO»
(*IMAGEN*) Advierte peligro de accidente en sectores donde ocurren frecuentemente.
45. "ANIMALES SALVAJES'
(*IMAGEN*) Advierte la proximidad de ingreso a unLa zorra donde existe fauna salvaje que eventualmente cruza la vía.
46. "SEMÁFORO"
(*IMAGEN*) Advierte la proximidad de una intersección con semaforización, alertando al usuario de la vía de la necesidad de reducir la velocidad y eventualmente detenerse, de manera a disminuir riesgos de accidentes.
47. "FLECHA DIRECCIONAL"
(*IMAGEN*) Advierte al conductor la dirección en que continúa la circulación.
48. "DOBLE FLECHA DIRECCIONAL"
(*IMAGEN*) Advierte al conductor la dirección en que continúa la circulación.
49 "TRES CARRILES" Uno en contraflujo.
(*IMAGEN*) Advierte al conductor la proximidad a un sector de la vía que posee tres carriles, de los que dos serán por un sentido que se observa en la señal y uno en sentido opuesto.
50. "TRES CARRILES" Dos en contraflujo.
(*IMAGEN*) Advierte al conductor la proximidad a un sector de la vía que posee tres carriles, de los que dos serán por el sentido que se observa en la señal y uno en sentido opuesto.
51. "BARRERA"
(*IMAGEN*) Advierte la proximidad de una intersección con barrera.
52. "PARADA OBLIGATORIA AL FRENTE"
(*IMAGEN*) Esta señal se utiliza para advertir a los usuarios de la vía, la existencia de una señal de parada obligatoria adelante, sobre todo cuando esta no se observa, por restricciones de visibilidad.
53. "CEDA AL PASO AL FRENTE"
(*IMAGEN*) Advierte la proximidad de la señal reglamentaria indicada en la figura, sobre todo cuando esta no se observa, por restricciones de visibilidad.
c. Señales Informativas: Son las que tienen por objeto guiar al usuario de la vía suministrándole la información necesaria sobre identificación de localidades, destinos, direcciones, sitios de interés turístico, geográficos, intersecciones, cruces, distancias por recorrer, prestación de servicios, etc.
Conformación física: Rectángulo de dimensiones y posición variables, según el tipo de señal.
Significado: Están destinadas a identificar, orientar y hacer referencia a servicios, lugares o cualquier otra información que sea útil para el usuario.
Carecen de consecuencias jurídicas, es decir, que no transmiten órdenes ni previenen sobre irregularidades o riesgos en la vía, salvo que contengan señales reglamentarias o preventivas.
Ubicación: Se colocan al costado de la vía de circulación (verticales) en forma similar a las preventivas en zona rural o a las reglamentarias en zonas urbanas o elevadas sobre la calzada mediante pórticos. La posición varía según las condiciones de lavía y el tipo de tránsito vehicular.
Colores: El fondo de color verde se debe utilizar para destinos o itinerarios, en color azul para señales de carácter institucional, histórico y de servicios, en color blanco para anuncios especiales o señales educativas.
En cuanto a la nomenclatura urbana el fondo de la señal puede ser en color negro, azul o verde para las ubicadas en postes o en azul o verde para murales. Sin embargo, las
leyendas, simbología y pictogramas en su caso, serán siempre en color blanco y reflectivas. Cuando la señal es de fondo blanco, las leyendas, simbología y pictogramas deben ser de color negro.
Las señales informativas, de acuerdo a su función, se clasifican en:
c. 1) Señales Informativas de Nomenclatura Vial y Urbana, Destinos y Distancias (Ejemplos):
(*IMAGEN*) Rutas Nacionales
(*IMAGEN*) Rutas Departamentales
(*IMAGEN*) Caminos Vecinales
(*IMAGEN*) Nombre y Numeración de Calles
(*IMAGEN*) Aviso Preventivo (Preseñalización)
(*IMAGEN*) Dirección
(*IMAGEN*) Salida inmediata (autopistas y autovías)
(*IMAGEN*) Confirmación
(*IMAGEN*) Molón Kilometraje
c. 2) Señales Informativas acerca de las Características de la Vía (Ejemplos):
(*IMAGEN*) Descripción de giros
(*IMAGEN*) Seguridad Vial
c.3) Señales Informativas de Servicios (Ejemplos):
(*IMAGEN*) Primeros auxilios
(*IMAGEN*) Punto de información turística
(*IMAGEN*) Teléfono
(*IMAGEN*) Estación de servicio
(*IMAGEN*) Servicio mecánico
(*IMAGEN*) Servicios higiénicos
(*IMAGEN*) Alimentación
(*IMAGEN*) Hospedaje
(*IMAGEN*) Aeropuerto
(*IMAGEN*) Estación de ferrocarriles
(*IMAGEN*) Transbordador
(*IMAGEN*) Transporte masivo
(*IMAGEN*) Juegos infantiles
(*IMAGEN*) Iglesia o templo
c.3. 1) Información institucional (Ejemplo):
(*IMAGEN*) "ZONA MILITAR"
,
c.3.2) Otras señales (Ejemplos):
(*IMAGEN*) Zona de estacionamiento
(*IMAGEN*) Zona especial de estacionamiento
(*IMAGEN*) Parada de buses
(*IMAGEN*) Estacionamiento de taxis
(*IMAGEN*) Vía para ciclistas
(*IMAGEN*) Personas con discapacidad
(*IMAGEN*) Muelle
(*IMAGEN*) Polideportivo
(*IMAGEN*) Alquiler de autos
(*IMAGEN*) Peaje
c.4) Señales Informativas para Información Turística.
c.4. 1)
Atractivos turísticos (Ejemplo)
(*IMAGEN*) "PLAYA"
c. 4. 2) Actividades turísticas @jemplo)
(*IMAGEN*) "CAMPAMENTO»
d. Señales Transitorias: Son las que tienen por objeto advertir peligros temporales o desvíos transitorios, en razón de la ejecución de trabajos en la vía. Toda persona que utilice la vía pública deberá tomar los recaudos necesarios en función del tipo de peligro advertido, de manera a evitar accidentes. Estarán instaladas a una distancia prudencial de la situación advertida, de modo a permitir que los usuarios de la vía tomen las debidas precauciones, antes de ingresar a la zona de riesgo. Deberán ir acompañadas de elementos reflectantes o luminosos. Los textos y flechas que indican distancias y direcciones podrán variar de acuerdo a las circunstancias. Poseen forma de rombo o rectángulo y sus colores reglamentarios son el naranja, el negro y el blanco, salvo casos excepcionales.
(*IMAGEN*) "HOMBRES TRABAJANDO»
(*IMAGEN*) "BANDERILLERO"
(*IMAGEN*) "SENTIDO DOBLE PROVISORIO"
(*IMAGEN*) "PROXIMIDAD DE DESVÍO VN¡TTCULAR"
(*IMAGEN*) "DESVÍO VEHICULAR TRANSITORIO"
(*IMAGEN*) "PROXIMIDAD DE UNA ZONA DE OBRAS"
(*IMAGEN*) "FIN DE UNA ZONA DE OBRAS"
(*IMAGEN*) "DELINEADORES DE DESVIOS TRANSITORIOS"
(*IMAGEN*) "PANEL VERTICAL» Advertencia de obstáculo transitorio
(*IMAGEN*) "PANEL HORIZONTAL" o "CABALLETE" Para cierre transitorio de vías de circulación.
(*IMAGEN*) "TAMBOR DE ENCAUSAMIENTO DEL TRÁNSITO"
(*IMAGEN*) "CONOS DE ENCAUSAMIENTO DEL TRÁNSITO"
(*IMAGEN*) "BASTON DE ENCAUSAMIENTO DEL TRÁNSITO"
e. Dispositivos Verticales de Canalización: Los dispositivos de canalización tienen por objetivo guiar y advertir al usuario en la conducción, respecto de los bordes de la plataforma de un camino durante la noche o en condiciones de escasa visibilidad, o mostrar dos direcciones divergentes posibles de circulación en una vía unidireccional, o mostrar la dirección de una curva, cuya geometría imponga una restricción en la velocidad de circulación.
Conformación física: Son dispositivos de formas diversas, de dimenciones y posición variables, según el tipo de señal conforme se describe en los puntos siguientes.
Significado: Advierten la proximidad de una circunstancia o variación de la normalidad de la vía que puede resultar sorpresiva o peligrosa a la circulación. En general imparten directivas, pero ante una advertencia se debe adoptar una actitud o conducta adecuada. Sin embargo, existen algunos dispositivos que contienen señales reglamentarias de cumplimiento obligatorio.
Ubicación: La señal deberá ser instalada antes o adyacente al riesgo a prevenir, a una distancia tal del objeto al que hace referencia, de modo que el conductor pueda distinguir claramente el objeto o percibir el riesgo señalizado, y eventualmente detenerse (aunque la detención no sea necesaria para superarlo).
Colores: Los colores a utilizar corresponden en general a la señalización preventiva, es decir amarillo y negro. Sin embargo, existen algunos dispositivos que por su función especifica contienen colores correspondientes a señales reglamentarias (blanco y rojo), y a señales informativas (blanco y azul).
Formas y tamaños: Las formas y tamaños de estos dispositivos dependen de su ubicación y de su función específica según lo normado en la NP 64 001 17.
5.1.HITO DEARISTA
(*IMAGEN*) Su principal objetivo es delinear los bordes de la plataforma de un camino bidireccional durante la noche o en condiciones de escasa visibilidad, mediante su elemento retrorreflectante. También presta este servicio durante el día debido a que son de color blanco.
5.2.HITO DE VERTICE
(*IMAGEN*) Los hitos de vértice tienen como propósito mostrar al conductor las dos direcciones divergentes posibles de circulación, en una vía unidireccional.
5.3.DELINEADOR
(*IMAGEN*) El propósito de los hitos delineadores es ayudar al conductor en la visualización de elementos o demarcaciones dispuestas para la canalización de los flujos en igual sentido u obstáculos adyacentes que signifiquen peligro.
5.4. DIRECCIONAL SIMPLE
(*IMAGEN*) Tienen como propósito guiar al usuario en la conducción por una curva peligrosa.
5.5. DIRECCIONAL DOBLE
(*IMAGEN*) Tienen como propósito guiar al usuario en la conducción por una curva peligrosa.
5.6. DELINEADOR VERTICAL
(*IMAGEN*) Tienen como propósito advertir y guiar al usuario cualquier singularidad que haya al lado derecho o izquierdo y dentro de la plataforma, que pudiera significar algún riesgo en su conducción.
5.7. DELINEADOR DE OBSTÁCULOS
(*IMAGEN*) Tienen como propósito advertir y guiar al usuario cualquier singularidad que haya al lado derecho o izquierdo y dentro de la plataforma, que pudiera significar algún riesgo en su conducción.